CARTERAS DE ESTADO COLABORARON CON LA REVISIÓN DE PROYECTOS LEY EN LA COMISIÓN

Miércoles, 28 de octubre del 2015 - 18:10 Imprimir

Nuestra Asambleísta, doctora Marllely Vásconez Arteaga, Presidenta de la Comisión Especializada Permanente de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social; convocó a la Sesión Ordinaria No. 121, efectuada el 28 de octubre de 2015, a las 10H00.

 

El Ministro de Trabajo Carlos Marx Carrasco, delegó a Manolo Rodas (Ministro Subrogante) y Paola Hidalgo (Viceministra del Servicio Público) para que en su representación contribuyan con su contingente a los tres (3) Proyectos de Ley que formaron parte de la presente sesión.

 

Respecto al “Proyecto de Ley para el Ejercicio Profesional de las y los Administrados”, Paola Hidalgo (Viceministra del Servicio Público) , se refirió a la generación de la Ley de los Administradores Públicos del Ecuador, e indicó que en el Art. 425 de la Constitución de la República del Ecuador se indica el orden jerárquico de aplicación de las normas, por lo que ante las leyes orgánicas y ordinarias; las orgánicas prevalecerán y conforme lo señala el Art. 229 inciso 2 del mismo cuerpo de ley, y ya que existe una Ley Orgánica que regula el Servicio Público y en su parte pertinente indica que: “La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores”. Por lo cual para que no existan duplicaciones a esta ley que ya se encuentra debidamente regulada y en concordancia con el Art. 61 ibídem recomendó se revea el presente proyecto, en vista de que gran parte del mismo se encuentra contenido en la vigente Ley Orgánica del Servicio Público, LOSEP.

 

Ante las dudas que expusieron los asambleístas al respecto, nuestra presidenta Marllely Vásconez Arteaga aclaró que los proponentes supieron indicar en su presentación, que su cuerpo colegiado si se acogía a una ley de administradores profesiones pero ellos desean promover la creación de una norma específica para el gremio de administradores públicos y que sean ellos quienes formen parte de los cargos públicos estatales generados para esta rama profesional.

 

Respecto al Art. 1 del Proyecto de Ley Reformatoria de la Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales, Manolo Rodas (Ministro Subrogante) emitió criterios e hizo un profundo análisis desde el punto de vista jurídico, argumentó que otros cuerpos normativos ya prevén y regulan los contenidos de este proyecto jurídico, e indicó en su exposición lo que esta Cartera de Estado considera respecto al Segundo Suplemento del Registro Oficial 797 del 26 de septiembre del 2012, señalando lo medular de la la propuesta de reforma que pretende precautelar a los accionistas o socios de buena fe, así mismo señaló que mediante reformas a varios cuerpos legales ya se han considerado varias disposiciones relacionadas al levantamiento del velo societario.

 

Por lo que el Ministerio propone considerar las consecuencias de este procedimiento ya que son los funcionarios del Estado (Ministerio) quienes conocen y emiten el fallo de última instancia en conflictos colectivos a través de la ejecución de un Inspector de Trabajo para efectos de cobrar acreencias por lo cual no debería limitarse esta facultad a los Jueces del Trabajo únicamente; para el Ministerio es importante mantener el artículado en materia laboral y dictar medidas cautelares contra los accionistas involucrados para el cobro de valores a favor de los trabajadores; señalaron en esta disposición que las medidas para los accionistas de buena fe son siempre subsidiarias y se deben aplicar en el contexto de justicia laboral conforme la participación de socios y accionista.

 

Y en consideración cuando se dictan medidas coactivas, se deben respetar los principios procesales previstos en el COGEP, incluso los que se derivan del orden constitucional, principios que el funcionario recaudador tiene la obligación de hacer cumplir, mal podría imponer medidas cautelares sin tomar en cuenta el principio de proporcionalidad entre las deudas y las sanciones.

 

Respecto a los casinos legales que fueron liquidados, los asambleístas presentaron varias inquietudes y al respecto Nuestra Representante supo informar a todos los miembros de la mesa y presentes que: “...respecto a la empresa de Casino Bingo Don Toribio (al que se refirió la asambleísta Cristina Reyes), si existe un informe del Ministerio de Trabajo, respecto a la liquidación en favor de los trabajadores mencionados, de fecha 11 de agosto del 2015...” y a su vez comprometió al Ministerio, a través de sus representantes, a que asista a una futura reunión para que presente un informe detallado respecto a este grupo laboral.

 

En relación al siguiente proyecto Paola Hidalgo (Viceministra del Servicio Público) indicó que en relación al “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo y a la Ley Orgánica de Servicio Público”, señaló los días de descanso obligatorio normalizados en el país, en relación con la Disposición Cuarta de la LOSEP, y acotó que sería innecesario ejecutar el pedido del asambleísta Antonio Posso, ya que se encuentra debidamente regulado y aclaró: “...el 17 de julio de 1823 (Batalla De Ibarra) es reconocido por su importancia en la historia patria mas si agregamos esta fecha en el calendario de festividades nacionales, además de las 9 que ya existen, tanto en beneficio del turismo e historia nacional, también se debe considerar que en cada uno de estos descansos obligatorios se cancela el sueldo de trabajadores y funcionarios con normalidad y esto significa un sacrificio en el ámbito productivo y de los ciudadanos por no contar con servicios públicos y privados en dicha fecha...”.

Sin embargo aceptó la recomendación de regularlo en el Reglamento de la LOSEP, proponiéndolo como fecha de relevancia cívica local en Imbabura.

 

Compareció además el delegado de la Abg. Suad Raquel Manssur Villagrán, Superintendenta de Compañías, Valores y Seguros, Abg. Víctor Granados Larrea (Director de Disolución de la Institución) dentro del tratamiento del “Proyecto de Ley Reformatoria de Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales” y señaló que: “...dentro del proyecto hay que hacer una antecedente ya que el momento histórico fue en el año 2002 cuando dentro de nuestra legislación existía el artículo 17 antes 98 de la Ley Orgánica de Fortalecimiento, Optimización del Sector Societario Bursátil, en caso de que terceras personas puedan demandar a accionistas o personas y hasta ese entonces no teníamos el proceso de inoponibilidad de la personería jurídica. Cuando en EEUU, empieza a tratarse el develamiento del velo societario, en los casos en que las personas naturales usan personas jurídicas perjudicando a un tercero para que responda por sus bienes hasta el 100%”.

 

Señaló a la Ley Orgánica de Fortalecimiento, Optimización del Sector Societario Bursátil, donde se tratan a los posibles fraudes, abusos o vías de hecho que se cometan a nombre de compañías y otras personas naturales o jurídicas, y en el Art. 316 de la Ley de Compañías se establecen las causales para liquidación y una de ellas es el incumplimiento normativo, con el consecuente juicio de inoponibilidad, y al respecto indico que la ley prevé un límite de responsabilidad a los accionistas participantes hasta donde asciende su valor social en la compañía.

 

Se contó además con la presencia del señor Santiago Carrasco, Presidente del Colegio de Administradores Profesionales de Pichincha, dentro del tratamiento del “Proyecto de ley para el Ejercicio Profesional de las y los Administrados”, quien supo explicar que los administradores se desempeñan como profesionales técnicos en el espacio público y privado, lógicamente todos son profesionales de Ciencias Administrativas, enfocadas al desarrollo y gestión de las organizaciones, y cuentan con diversas especialidades tanto en el campo público y académico como en sociedades civiles, por lo cual luego de su exposición solicitó se revea este proyecto ya que atenta y vulnera los derechos de los trabajadores e instó a los miembros de la Comisión para que reciban a los miembros de este colegio y escuchen sus propuestas.

 

LB

Marllely Vásconez
Asambleísta Nacional Alianza PAIS

Presidenta de la Comisión De Los Derechos de los Trabajadores y Seguridad Social

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