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Reducción de edad para candidatizarse a Presidencia fomenta inclusión de los jóvenes

Jueves, 03 de diciembre del 2015 - 08:59 Imprimir

La reducción de edad de 35 a 30 años para que un ciudadano pueda inscribir su candidatura para los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, es uno de los temas que plantea la propuesta de enmienda. Así lo establece el informe para segundo debate, que es leído en el Pleno por la secretaria general de la Asamblea Nacional, Libia Rivas. El razonamiento, según el texto, se sustenta centralmente en la ampliación del derecho de participación.

Este tema se encuentra en el artículo cuatro del proyecto de enmienda y cambia el texto del artículo 142 de la Constitución. La intención es reducir el requisito de edad para ser candidato a estas dos dignidades, para propiciar una mayor participación e inclusión de las jóvenes y los jóvenes en los espacios de poder público.

Según el informe, la propuesta no genera una afectación a los derechos de las personas o a las garantías constitucionales. Al contrario, fomenta la inclusión de los jóvenes en la toma de decisiones en el ámbito del poder público, lo que garantiza una democracia plural y participativa, conforme lo determina el artículo 39 de la Constitución.

El artículo en mención determina que el Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios de poder público. Así mismo establece que el Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país.

En cambio, en términos fácticos el texto explica que la propuesta encuentra fundamento si se considera que la edad media de la población ecuatoriana es de 28.4 años, conforme el censo de población y vivienda, realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en el 2010.

Este tema fue ratificado en el Dictamen 001, del 31 de octubre del 2014, de la Corte que señaló que el paradigma del nuevo constitucionalismo ecuatoriano se caracteriza por la inclusión de actores invisibilizados y por un desarrollo de mecanismo de inclusión, eliminándoles barreras normativas que impidiesen el cabal ejercicio de sus derechos constitucionales, se destaca en el informe.

En la lectura también se hizo referencia sobre el derecho comparado iberoamericano, en donde se recogen los requisitos para la inscripción de una candidatura al cargo de Presidente de la República. Así, Argentina, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Honduras, República Dominicana establecen un requisito de 30 años, mientras que Bolivia, Brasil, México, Panamá, Paraguay establecen este requisito con 35 años. El promedio se incrementa en Chile y Guatemala a 40 años, pero en Nicaragua baja a 25.

LM/pv

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