De la forma más comedida, solicito que, en su calidad de máxima autoridad de la Asamblea Nacional, consulte jurídicamente al Procurador General del Estado sobre la inteligencia, la aplicación y si existen límites a nuestra competencia de requerimiento de información de acuerdo con el artículo 237 numeral 3 de la Constitución de la República./sites/default/files/private/asambleanacional/filesasambleanacionalnameuid-18146/Solicitud%20de%20Requerimiento%20%20Presidencia%20AN-NGRV-2021-0047-M%20%284%29.pdf