Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE)

Miércoles, 16 de septiembre del 2020 - 15:00 Imprimir

Lo ideal sería contar en las Instituciones educativas del país, con DECES bien equipados, con personal suficiente y acorde en número y especialidad (orientador vocacional, psicólogo educativo, psicólogo clínico) para que atiendan a la población estudiantil, para lo cual es bien traída la propuesta que nos ha presentado la Asambleísta Silvia Salgado A, de agregar una Disposición Transitoria para que

- El ente rector de las finanzas públicas por requerimiento de la Autoridad Educativa Nacional, cree y asigne anualmente, de forma sostenida y proporcional en los próximos cinco años, el financiamiento de partidas presupuestarias para incrementar el número de profesionales DECE.

La Consejería Estudiantil en la actualidad acompaña, informa, orienta y capacita a los estudiantes en la toma de sus decisiones, así como también ejecutan de permanentemente acciones preventivas frente a problemáticas sociales como embarazo en adolescentes, consumo de drogas, migración, violencia entre estudiantes, delitos sexuales, etc, y refieren a los Sistemas de Protección y de Administración de Justicia  los casos de estudiantes que requieran atención complementaria y emergente.

Debo recordar colegas Asambleístas, que el 25 de septiembre de 2018, presente ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en el que consta la sustitución del Art. 33 de la actual LOEI por un nuevo texto, el cual se lo consideró en el informe para primer debate por la siguiente razón:

El Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su artículo 48 establece los tipos de organismos de los establecimientos educativos públicos, fisco misionales y particulares, tales como:

La Junta General de Directivos y Docentes; Consejo Ejecutivo; Junta de Docentes de Grado o Curso; Departamento de Consejería Estudiantil; Organizaciones estudiantiles; Padres de familia o representantes legales de los estudiantes; y, Junta Académica;

Sin que estos organismos consten en la LOEI como debería ser, por lo tanto deben ser elevados a rango de Ley, toda vez que actualmente solo consta como organismo de una unidad educativa el Gobierno escolar en el Art 33 de la LOEI, cuando en realidad los organismos de las instituciones educativas son las que he mencionado anteriormente.

Uno de estos Tipos de Organismos de los Establecimientos Educativos constantes en el literal d) del Art. 33 del informe para primer debate, es el Departamento de Consejería Estudiantil, o como se resuelva llamarse, por lo que bien podría desarrollarse a continuación del Art. 33 todos estos tipos de organismos de las instituciones educativas.

Teresa Benavides Zambrano
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Integrante de la Comisión De Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología |  Alianza PAIS - Unidad Primero Visita mi Perfil

 

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