Boletín de Prensa

Martes, 14 de octubre del 2014 - 12:43 Imprimir

MARCELA AGUIÑAGA: Un mandato constitucional se acata! GADs municipales no tienen atribuciones para rechazar competencias exclusivas

 

La segunda Vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Marcela Aguiñaga, advirtió que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales carecen de atribuciones para rechazar las competencias exclusivas que les asigna la Constitución Política de la República.

Aguiñaga recordó que la Carta Magna define el Régimen de Competencias, y el artículo 264 establece las competencias exclusivas que tendrán los gobiernos municipales, divididas en 14 numerales. El numeral 6, por ejemplo, dispone a los cabildos la competencia exclusiva de planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal, explicó.

En ese sentido, la legisladora insistió que en ninguna parte de la Constitución existe la atribución para que un alcalde o una municipalidad puedan aceptar o rechazar una competencia que es exclusiva, y por ende, obligatoria por tratarse de un mandato constitucional.

Por ende, agregó, un expreso mandato de la Carta Política no puede ser sometido a Consulta Popular, porque sentaría un peligroso precedente a la institucionalidad jurídica del país. 

Esto, dijo, a propósito de la postura asumida por la Municipalidad de Guayaquil para no asumir la competencia exclusiva del tránsito argumentando que no ha recibido los recursos económicos necesarios, y su anuncio que promover la convocatoria a una Consulta Popular para que los guayaquileños se pronuncien al respecto.

Aguiñaga manifestó que el Gobierno central ya transfirió los recursos previstos por el Consejo Nacional de Competencias, que es el organismo que establece los montos asignados a los gobiernos locales.

Mencionó además que la Agencia Nacional de Tránsito ya modificó el texto de la Resolución 100, aclarando que el nivel de rentabilidad para los transportistas se ajustará al modelo de gestión que cada GAD municipal implemente en su jurisdicción, acorde a la realidad socioeconómica de la población y del sector. Esta reforma eliminó la rentabilidad del 13% establecida originalmente, pero paradójicamente, señaló, la modificación no contó con el voto favorable del delegado del cabildo guayaquileño, pese a sus críticas iniciales. 

Marcela Aguiñaga
Asambleísta por Guayas Otros Movimientos

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad |  Visita mi Perfil

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