Carlos Viteri Gualinga apoya la ratificación del Protocolo de Nagoya

Martes, 13 de agosto del 2013 - 09:35 Imprimir

Este lunes 12 de agosto, Carlos Viteri Gualinga, presidente de la Comisión de Biodiversidad y Recursos Naturales, acudió a la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales para explicar a los miembros de esta mesa en qué consiste el Protocolo de Nagoya y las razones por las que, desde su perspectiva, el Ecuador debe ratificarlo.

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De acuerdo a la explicación realizada por el asambleísta, se trata de un tratado internacional que se basa en Convenio de Diversidad Biológica, ratificado por el Ecuador en 1993, cuyos objetivos son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos, y es precisamente este último el que se desarrolla en el Protocolo de Nagoya.

Viteri Gualinga señaló que el tema más importante es que el Protocolo posibilita, mediante mecanismos claros y vinculantes, que la legislación interna de nuestro país sea aplicable en el ámbito internacional, regulando así el acceso a recursos genéticos y el conocimiento intangible bajo el cumplimiento de tres requisitos: consentimiento previo informado, condiciones mutuamente acordadas y participación justa y equitativa.

Ante el cuestionamiento de si existe un marco regulatorio interno que proteja los intereses de Ecuador en el ámbito internacional, como lo establece el Protocolo, el Presidente de la Comisión de Bodiversidad explicó que existen tres instrumentos vigentes sobre acceso a recursos genéticos: la Constitución de la República (en sus artículos 322, 400, 402, 408, 57.8 y 57.12), la Decisión 391 de la CAN y el Reglamento de esta Decisión.

Para el legislador, uno de los mayores logros de este Protocolo es que establece que las partes deben designar uno o más puntos de verificación para determinar si efectivamente se cumplió con la legislación interna del país proveedor (país de origen de los recursos genéticos), antes de desarrollar o comercializar un producto basado en los recursos genéticos obtenidos en dicho país proveedor.

Según Viteri, estos puntos de verificación se complementan con la obligatoriedad de contar con un certificado de cumplimiento reconocido internacionalmente que constituye la prueba de que la obtención de los recursos genéticos cumplió con los requisitos de Consentimiento Previo Informado (PIC por su sigla en inglés) y el establecimiento de Condiciones Mutuamente Acordadas (MAT por su sigla en inglés).

Ante la duda respecto de qué ocurrirá con los conocimientos tradicionales en caso de aprobarse este Protocolo, el Presidente de la Comisión de Biodiversidad expresó que el marco legal antes referido protege el conocimiento tradicional asociado al acceso a los recursos genéticos y además refuerza el control sobre éste mediante mecanismos como los citados puntos de verificación y el certificado de cumplimiento.

“Por estas razones, porque creo en el pronunciamiento favorable de la Corte Constitucional sobre este Protocolo y porque creo sinceramente que este Protocolo evitará la apropiación indebida de los recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales asociados, apoyo totalmente su aprobación” –concluyó el asambleísta Viteri Gualinga.

Escuche y descargue aquí el audio de la intervención de Carlos Viteri Gualinga en la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales:

Carlos Viteri
Asambleísta Nacional Otros Movimientos

Asambleísta Nacional | Integrante de la Comisión De los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad | Miembro del Grupo Parlamentario de las Mujeres de la Asamblea Nacional |Visita mi perfil

 

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