Celeridad y oralidad en la nueva justicia ecuatoriana

Martes, 10 de marzo del 2015 - 21:38 Imprimir

El día de hoy martes 10 de marzo de 2015 se instaló el Pleno de la Asamblea Nacional, para tratar en segundo debate el Proyecto de Código Orgánico General de Procesos. La asambleísta Verónica Arias Fernández, resaltó en su intervención, los aportes del nuevo código en aprobación y recomendó profundizar en algunos conceptos.

Resaltó las contribuciones del texto legal como aquellas asociadas a la superación de la dispersión en las reglas procesales para la descongestión de las causas, la simplificación de los procedimientos y la implementación de la oralidad en las materias civiles, comerciales, de inquilinato, laborales, de la niñez y adolescencia, contencioso administrativas y contencioso tributarias.

Defendió la importancia de las audiencias públicas orales en las que las partes pueden ejercer sus derechos a la defensa y a presentar las pruebas, testigos y confesiones necesarias que permitan a los jueces decidir según los principios de celeridad e inmediación. Según estos principios, los jueces hoy deberán emitir su pronunciamiento al término de la audiencia, observando las actuaciones desarrolladas en su presencia. La ausencia del juez tanto como del recurrente, en esta nueva normativa, ocasiona la nulidad del proceso.

A estas características se suma la eliminación de los escritos en papel y su sustitución con el archivo de las causas en expedientes electrónicos. Por estas herramientas de la comunicación moderna se registrarán las diligencias efectuadas y las actuaciones en las audiencias, facilitando el acceso público a las causas así como también la transparencia del sistema judicial.

La legisladora Arias, destacó la consolidación de los numerosos procedimientos actuales, a sólo cuatro. Dos de estos procesos hoy serán de conocimiento: el ordinario con dos audiencias una preliminar y otra de juicio, y el sumario con una audiencia única con dos fases una de saneamiento y otra de prueba; y dos procesos de ejecución: el ejecutivo con una audiencia única basado en un título con mérito ejecutivo, y el monitorio con una orden de pago de la deuda de hasta 50 salarios básicos no contenida en título ejecutivo sujeta a oposición.

Finalmente, la asambleísta Verónica Arias, cerró su intervención recalcando que la expedición de esta nueva normativa busca simplificar, agilitar y modernizar el sistema judicial y el despacho de las causas sobre los cimientos de un modelo garantista que proteja a los más débiles en la relación procesal que es el espíritu social de esta ley.

Verónica Arias
Asambleísta por Loja Movimientos Provinciales

Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Alianza PAIS - Acción Regional por la Equidad (ARE) Visita mi Perfil

 

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