Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio

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COMISIÓN APRUEBA INFORME PARA SEGUNDO DEBATE PROYECTO DE LEY DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE GALÁPAGOS

Miércoles, 15 de abril del 2015 - 00:00 Imprimir

En el marco de trámite legislativo, en sesión No. 057 CEGADCOT, con ocho votos afirmativos, de los asambleístas Richard Calderón, Ángel Vilema, presidente y vicepresidente respectivamente, y los parlamentarios Ulises de la Cruz, Verónica Guevara, Alexandra Ocles, René Caza, Fausto Terán y Octavio Villacreses, la Comisión de Gobiernos Autónomos, aprobó el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Régimen Especial de la Provincia de Galápagos.

El objetivo del proyecto es adecuar, formal y materialmente, la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos, a fin de armonizarlo con la Constitución.

Se instituye el Régimen Especial de Galápagos, como un nivel de gobierno regido por un Consejo de Gobierno, donde participa directamente el gobierno nacional junto a los gobiernos autónomos descentralizados, en pro de precautelar un ecosistema en el planeta que es patrimonio de la humanidad.

Este régimen especial, de acuerdo con la Constitución, regula la migración y las actividades productivas, en orden a la capacidad de carga y de resiliencia de los ecosistemas de Galápagos, promoviendo el desarrollo sostenible y el Buen Vivir de sus habitantes, quienes tendrán un acceso preferente a los recursos naturales y actividades ambientalmente sustentables.

Los parlamentarios consideraron la urgente necesidad de cambiar la ley vigente del régimen de Galápagos, para fortalecer su institucionalidad propia, establecer un control al crecimiento descontrolado de su población, acabar la explotación insostenible de sus recursos, impulsar la justa redistribución de sus beneficios, establecer las acciones de preferencia para comprometer a sus habitantes con la conservación de las islas y crear un régimen sancionatorio propio que, por vía administrativa, mejore las posibilidades de reprimir las infracciones ambientales y migratorias contra la conservación de las islas.

A través de la normativa se crea la Secretaría Técnica del Consejo de Gobierno y se precisa su rol, funciones y las responsabilidades, determinándose que el manejo administrativo será realizado por este último.

Se reafirmaron las categorías migratorias existentes, definiendo de mejor forma quienes constan en cada una de las mismas y sobre todo se establece un régimen sancionatorio para aquellos que incumplan lo establecido para cada calidad migratoria. Se garantiza el principio de acción preferente para los residentes permanentes de las islas a través del apoyo a su inserción favorable en las actividades productivas e institucionales de la región.

Se introduce un capítulo de inversiones, garantizando siempre que éstas se efectúen dentro de los límites de la capacidad de carga, resiliencia, precaución y conservación de las islas, creando estímulos para la inversión, con preferencia para los residentes permanentes.


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