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Ley Orgánica para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999 (T165247)

R.O. 188, Suplemento, del 20-02-2014
Comisión Del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Tiene por objeto facilitar la realización de activos de la banca cerrada, viabilizar el cobro de la cartera adecuada bajo criterios de justicia financiera y establecer un mecanismo de pago a los acreedores perjudicados por la banca cerrada. 

Beneficios

- Optimización de los recursos del Estado destinados por casi quince años a solventar el manejo irresponsable por parte de sus accionistas y administradores, de activos y cartera de las instituciones financieras extintas.

- Otorgamiento de facultades a los depositarios de la banca cerrada, perjudicados por la endémica crisis para recuperar sus acreencias en condiciones financieras justas, poniendo fin a un capítulo nefasto en la historia económica del Ecuador.

- Oferta de beneficios a los deudores de buena fe, que durante la crisis de finales de la década de los 90 estaban imposibilitados de pagarlas por los intereses desproporcionados.

- Facilitación para la realización de activos de la banca cerrada.

- Viabilización del cobro de la cartera adecuada bajo criterios de justicia financiera y establecimiento de un mecanismo de pago a los acreedores perjudicados por la banca cerrada.

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