Comisión de Desarrollo Económico aprueba informe no vinculante sobre objeción parcial a proyecto de ley de reactivación económica

Miércoles, 01 de abril del 2026 - 19:15 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa aprobó, con ocho votos afirmativos, el informe no vinculante respecto de la objeción parcial presentada por el presidente de la República al Proyecto de Ley Orgánica para la Reactivación Económica a través del Fortalecimiento de la Vinculación del Sector Económico Productivo con la Educación.

Durante la sesión, el equipo asesor expuso el análisis técnico-jurídico de las 10 objeciones parciales por inconveniencia remitidas por el Ejecutivo, desglosando su contenido artículo por artículo y presentando las recomendaciones correspondientes para consideración de los legisladores.

En relación con el artículo 8, la comisión consideró procedente la supresión del literal j, al estimar que su contenido podría exceder la naturaleza consultiva del órgano colegiado, configurando una posible extralimitación de competencias. En consecuencia, se recomendó el allanamiento a la objeción presidencial.

Respecto al artículo 11, se respaldó la propuesta del Ejecutivo de ajustar la redacción sobre el vínculo entre estudiantes y entidades formadoras, precisando su carácter estrictamente pedagógico y académico. Asimismo, se consideró pertinente eliminar el inciso tercero para evitar conflictos normativos relacionados con el porcentaje obligatorio de pasantías. La comisión concluyó que estas modificaciones fortalecen la seguridad jurídica sin alterar el espíritu del proyecto.

En cuanto al artículo 12, relativo al registro de formación dual, se acogió la recomendación de diferenciar claramente entre información institucional de acceso público y datos personales protegidos, en concordancia con la normativa vigente sobre protección de datos y transparencia.

Sobre los artículos 13, 14 y 15, vinculados a incentivos, la comisión apoyó la sustitución del término «línea de crédito» por «segmento de crédito preferente», con el fin de armonizar el texto con la normativa financiera. Además, se respaldó la eliminación de puntajes adicionales en procesos de acreditación y carrera docente, a fin de garantizar objetividad e integridad en los sistemas de evaluación.

En lo referente a la disposición transitoria quinta, se consideró adecuado mantener la incorporación de indicadores de formación dual en los modelos de evaluación del organismo competente, eliminando la asignación de puntajes adicionales, en respeto a su autonomía técnica.

De igual manera, la mesa legislativa recomendó allanarse a la objeción sobre la disposición transitoria séptima, que establece reglas claras para los procesos de evaluación y acreditación en curso, dotando al sistema de previsibilidad administrativa.

En la disposición transitoria novena, se respaldó la corrección terminológica en materia financiera, alineando el texto con la regulación que deberá emitir la autoridad competente.

Finalmente, respecto de la disposición reformatoria tercera, se acogió la precisión planteada por el Ejecutivo para que las facultades de los gobiernos autónomos descentralizados se ejerzan en armonía con la normativa de educación superior, la planificación nacional y la disponibilidad presupuestaria, evitando posibles contradicciones normativas.

Como conclusión, la Comisión de Desarrollo Económico recomendó el allanamiento a la totalidad de las objeciones presidenciales, al considerarlas técnica y jurídicamente pertinentes, contribuyendo así al fortalecimiento del marco normativo propuesto.

 

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