La Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y de la Microempresa dentro del tratamiento del Proyecto de Ley Orgánica de Aviación Civil, previo a la elaboración del informe para segundo debate, recibió los aportes de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) para Centroamérica, Ecuador y Venezuela, en torno a la actualización del marco normativo aeronáutico del país.
Alejandro Muñoz, subdirector de Relaciones con Gobiernos de la oficina regional de Miami, expresó el respaldo de la industria aeronáutica al proceso de modernización de la legislación ecuatoriana y destacó la importancia de contar con una normativa alineada con los estándares internacionales de aviación civil. Asimismo, reiteró la disposición de IATA para contribuir técnicamente en la revisión del proyecto de ley.
En su intervención, Muñoz señaló que varios artículos del proyecto mantienen disposiciones que generan preocupación para las aerolíneas, principalmente por la duplicación de requisitos y el incremento de cargas administrativas. Sobre el artículo 55, relacionado con documentación contable, indicó que la información ya es remitida a otras entidades estatales, por lo que recomendó que la autoridad aeronáutica coordine el intercambio de información entre instituciones para evitar trámites repetitivos.
Respecto al artículo 85, referente al transporte de mercancías peligrosas, subrayó la necesidad de armonizar la normativa ecuatoriana con los estándares internacionales establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional y los anexos del Convenio de Chicago, especialmente en aspectos vinculados con seguridad operacional y definiciones técnicas del transporte aéreo.
En relación con el artículo 123 sobre transporte de animales, Alejandro Restrepo representante de la industria señaló que la recomendación internacional contempla únicamente el transporte en cabina de perros de compañía, conforme a las políticas de cada aerolínea y respetando los lineamientos de seguridad aérea.
Sobre el artículo 125, relacionado con el registro de tarifas, Muñoz sugirió eliminar este requisito al considerar que no constituye una práctica habitual en la aviación internacional y que podría afectar la competitividad del país, ya que en la mayoría de jurisdicciones las aerolíneas únicamente informan o publican sus tarifas al momento de ofrecerlas al público.
Finalmente, expresó observaciones respecto al capítulo referente a la protección de pasajeros y al régimen de infracciones, al considerar que estos temas deberían mantenerse en reglamentos o normas administrativas de actualización flexible y no incorporarse de manera rígida dentro de una ley orgánica, debido a la constante evolución de los estándares internacionales de la aviación civil.
MEV