La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte continuó el análisis del proyecto de Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia. En este marco, recibió las observaciones y criterios técnicos del abogado constitucionalista y especialista en derechos humanos, Pablo Proaño, quien expuso diversos aspectos jurídicos y bioéticos relacionados con la propuesta normativa.
Proaño destacó la apertura de la comisión para recoger aportes de distintas corrientes de pensamiento y disciplinas profesionales. Señaló que este tipo de debates fortalecen la construcción democrática de las leyes y permiten abordar de manera integral temas sensibles como la eutanasia y el final de la vida.
Durante su intervención, desarrolló cuatro ejes principales: la relación entre la dignidad humana y las posturas bioéticas; el tratamiento de la eutanasia dentro del ordenamiento jurídico; la libertad de conciencia; y el ejercicio colectivo de los derechos vinculados a la denominada objeción institucional.
En cuanto a la dignidad humana, sostuvo que toda regulación bioética incorpora una determinada visión sobre la persona y sus derechos. Por ello, consideró necesario promover mecanismos que permitan la convivencia de distintas posiciones éticas y filosóficas, entre ellos el consentimiento informado y la objeción de conciencia.
Respecto del ámbito jurídico, señaló que actualmente no existe una obligación internacional que imponga a los Estados el reconocimiento de la eutanasia como un derecho humano o constitucional. Añadió que la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó esta práctica estableció una excepción penal bajo determinadas condiciones, sin configurarla expresamente como un derecho exigible frente al Estado.
Asimismo, enfatizó la importancia de garantizar la libertad y la objeción de conciencia de los profesionales de la salud, derechos reconocidos tanto en la Constitución como en la sentencia constitucional. En este contexto, presentó observaciones sobre eventuales mecanismos de registro de objetores de conciencia y planteó que la futura regulación incorpore garantías adecuadas para el ejercicio de este derecho.
Finalmente, se refirió al ejercicio colectivo de los derechos de asociación, libertad de conciencia y libertad religiosa por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud, y argumentó la necesidad de considerar estos elementos dentro del debate legislativo.
Por su parte, el presidente de la comisión, Juan José Reyes, reiteró que el objetivo del proceso legislativo es construir un marco normativo que regule el procedimiento de la eutanasia en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional.
Además, recordó que continúa vigente el cronograma para la recepción de observaciones ciudadanas y criterios técnicos sobre el proyecto de ley, e invitó a expertos, organizaciones y ciudadanía interesada a remitir sus aportes.
RSA
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