Especialistas aportan al análisis del Proyecto de Ley Orgánica de la Eutanasia

Martes, 30 de junio del 2026 - 18:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte continuó el análisis del Proyecto de Ley Orgánica de la Eutanasia con la comparecencia de las especialistas Tanya Torres y Mayra Guerra Sánchez, quienes presentaron observaciones jurídicas y técnicas orientadas a fortalecer el contenido de la iniciativa.

Torres sostuvo que la propuesta debe concebirse como una norma destinada a garantizar un derecho fundamental vinculado con la dignidad humana y no únicamente como un instrumento para regular un procedimiento. En ese contexto, propuso reformular el objeto de la ley para priorizar el reconocimiento y la garantía del acceso a la eutanasia, incorporando expresamente las garantías sustantivas y procesales, así como las obligaciones del personal de salud.

Asimismo, observó la disposición que condiciona el acceso a la eutanasia a un pronóstico de vida inferior a seis meses, al considerar que este criterio podría excluir a personas que, pese a tener una expectativa de vida mayor, enfrentan sufrimientos intensos e incompatibles con una vida digna. También planteó que toda negativa a una solicitud sea motivada por escrito, que existan mecanismos efectivos de revisión y reclamación con plazos definidos y que se garantice la gratuidad de este procedimiento dentro del Sistema Nacional de Salud.

El presidente de la comisión, Juan José Reyes, precisó que la sentencia de la Corte Constitucional dispone la regulación del procedimiento para la aplicación de la eutanasia y no el reconocimiento de un nuevo derecho. Explicó que el proyecto se fundamenta en la sentencia No. 67-23-IN/24, la cual determina la necesidad de desarrollar el procedimiento correspondiente, fijar plazos y remitir determinados aspectos a un reglamento. Además, recordó que el fallo condiciona la aplicación del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal a la existencia de un consentimiento libre, informado e inequívoco del paciente.

Por su parte, la jurista Sánchez, directora académica de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador, destacó que la sentencia de la Corte Constitucional estableció la obligación de la Asamblea Nacional de expedir un marco normativo que haga viable la aplicación de la eutanasia, garantizando que el consentimiento del paciente sea libre, informado e inequívoco.

La especialista observó que el proyecto incorpora múltiples informes psicológicos, psiquiátricos y una evaluación integral como requisitos para acceder al procedimiento, lo que, a su juicio, podría generar una carga burocrática innecesaria para personas que atraviesan condiciones de sufrimiento extremo. Además, señaló que la figura de la "duda razonable", prevista para la intervención de expertos externos, requiere mayor precisión normativa respecto de los plazos, los mecanismos de impugnación y los criterios para su aplicación, con el fin de evitar decisiones arbitrarias que puedan limitar la autonomía de los solicitantes.

Por último, Guerra recomendó revisar la estructura institucional prevista para los comités encargados de aplicar los procedimientos eutanásicos, considerando principios de planificación, estabilidad administrativa y disponibilidad de recursos, de manera que estas instancias funcionen de forma permanente y garanticen seguridad jurídica a quienes recurran a este mecanismo.

RSA

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