Nuevos aportes de especialistas enriquecen el análisis de las reformas legales orientadas a garantizar una mayor protección y facilitar el acceso de las personas adultas mayores a los beneficios y derechos que les reconoce la normativa vigente.
En ese marco, la Comisión de Transparencia, durante el tratamiento del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores y del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal para la Protección de las Personas Adultas Mayores, recibió observaciones técnicas encaminadas a fortalecer ambas iniciativas.
La experta en derechos Patricia Abad destacó que la propuesta constituye un avance significativo, ya que elimina barreras administrativas que, históricamente, han dificultado el acceso de las personas adultas mayores a los beneficios contemplados en la ley.
Entre los principales cambios propuestos consta que las empresas públicas, las entidades financieras del sector público y las instituciones del Estado otorguen los beneficios establecidos sin exigir documentación adicional cuando esta ya repose en sus registros o pueda obtenerse mediante mecanismos de interoperabilidad.
No obstante, Abad planteó observaciones al último inciso del artículo 13 reformado, que prioriza la información y la aplicación de descuentos a través de medios digitales y, de forma excepcional, mediante atención física.
En este contexto, propuso modificar la redacción para eliminar el carácter excepcional de la atención presencial y garantizar un equilibrio entre la modernización de los servicios públicos y la inclusión de las personas que requieren atención física.
Por su parte, el abogado Franklin Robles resaltó la incorporación de un tipo penal específico para sancionar la violencia patrimonial y económica contra las personas adultas mayores. Explicó que la propuesta tipifica como delitos la apropiación de bienes, la retención de pensiones, la manipulación de cuentas, la destrucción de documentos y otras conductas que afectan el patrimonio, la dignidad y la subsistencia de este grupo de atención prioritaria.
Además, destacó la inclusión de circunstancias agravantes para quienes, teniendo una posición especial de cuidado, confianza o administración, abusen de esa responsabilidad para perjudicar el patrimonio de las personas adultas mayores.
AM