El asambleísta Steve Villacrés, representante de la provincia de Sucumbíos, presentó el proyecto de reformas al Código Orgánico Administrativo (COA) para regular las facilidades de pago en la jurisdicción coactiva, con el objetivo de corregir las desigualdades en la aplicación de este mecanismo para la recuperación de las obligaciones que mantienen los ciudadanos con entidades financieras del sector público.
Según el proponente, la reforma incorporada en 2024 constituyó un avance al reconocer que determinadas entidades financieras públicas, por la naturaleza de su cartera y el volumen de sus operaciones, requieren un mayor margen técnico para fijar plazos de pago distintos al límite general de 24 meses. Sin embargo, dicha se omitió incluir a las entidades financieras en las que el Estado conserva la propiedad mayoritaria, pese a que estas también ejercen jurisdicción coactiva por disposición legal expresa.
Villacrés subrayó que esta iniciativa surge a partir de las inquietudes planteadas por ciudadanos que han acudido a su despacho para expresar su preocupación, ya que en muchos casos no pueden cancelar sus deudas con la banca pública por falta de recursos. En ese sentido, señaló que es necesario que la normativa contemple facilidades que permitan a los deudores de buena fe cumplir con sus obligaciones.
El legislador justificó su propuesta en el principio de igualdad, al considerar que el régimen vigente genera una diferencia de trato entre las entidades financieras públicas y aquellas en las que el Estado mantiene la propiedad mayoritaria, pese a que ambas pueden perseguir finalidades equivalentes de recuperación de cartera y protección de recursos vinculados al interés público.
Concretamente, propone sustituir el artículo 277 del COA para que las entidades financieras públicas y aquellas con mayoría accionaria estatal puedan fijar sus propios plazos para las facilidades de pago, con base en criterios técnicos, financieros y de riesgo, además de establecer períodos de gracia para el inicio del pago de las cuotas.
El proyecto también incorpora dos disposiciones transitorias: la primera establece un plazo de 90 días para la expedición o adecuación de la normativa interna de las entidades financieras en las que el Estado mantenga la propiedad mayoritaria, conforme a esta reforma; y la segunda concede un plazo de 180 días para que las personas naturales o jurídicas que mantengan procedimientos coactivos en trámite o facilidades de pago previamente otorgadas por dichas entidades puedan solicitar la revisión de sus condiciones de pago.
EG