Expertos realizan aportes al proyecto de Ley Antimafias sobre delitos, bienes incautados y prisión preventiva

Lunes, 21 de septiembre del 2026 - 12:43 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Seguridad Integral, en modalidad virtual, recibió las observaciones de la experta en Derecho Tributario, Carmen Simone, y de delegados del Consejo de la Judicatura y de la Defensoría Pública, durante el tratamiento del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varios Cuerpos Legales para el Fortalecimiento de las Capacidades Institucionales del Estado frente al Crimen Organizado, Ley Antimafias, presentada por la presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno.

Simone planteó establecer un vínculo entre los incrementos patrimoniales no justificados y el crimen organizado, para evitar que el plazo de caducidad de 10 años se aplique de manera general a cualquier contribuyente. Observó que la ampliación, tal como está planteada, podría aplicarse por la sola presunción de un incremento patrimonial no justificado, sin exigir investigación penal, relación con actividades ilícitas o un umbral económico. Además, señaló que existe una inconsistencia con la obligación de conservar documentación tributaria durante siete años, lo que podría dificultar la defensa del contribuyente frente a una determinación realizada posteriormente.

Respecto de la carga de la prueba, propuso mantener la responsabilidad compartida entre la administración tributaria y el contribuyente. Sostuvo que corresponde a la administración demostrar que los valores acreditados constituyen ingresos, determinar su origen y establecer si están gravados con impuesto a la renta. La experta enfatizó que no todo depósito o movimiento bancario constituye un ingreso gravado y enfatizó que eliminar la obligación probatoria de la administración podría dejar al contribuyente en indefensión.

Por el Consejo de la Judicatura, Roberto Guzmán recomendó precisar las reformas sobre delitos hidrocarburíferos para evitar duplicidades con tipos penales existentes y posibles vulneraciones a los principios de favorabilidad y non bis in idem. También observó posibles superposiciones en las conductas de desplazamiento y confinamiento forzado por violencia criminal. Sobre la inhabilitación para ejercer la abogacía, planteó que tenga relación con el ejercicio profesional y derive de una sentencia ejecutoriada.

Dennis Coronel agregó que la Empresa Pública de Hidrocarburos del Estado deberá ejecutar las disposiciones judiciales relacionadas con el almacenamiento, manejo, custodia, resguardo y disposición final de las evidencias incautadas en delitos hidrocarburíferos.

Santiago Valarezo,  coordinador de Gestión de la Defensoría Pública, informó que la institución presentó 23 aportes y observaciones técnicas. Entre sus propuestas constan diferenciar la colaboración externa de la pertenencia funcional a una organización delictiva; individualizar la responsabilidad de personas vinculadas con personas jurídicas; y reforzar las garantías para la administración y venta anticipada de bienes incautados.

También planteó mantener la pena vigente para el delito de desabastecimiento cuando no exista vínculo con la delincuencia organizada ni afectación grave al abastecimiento o servicios esenciales. Propuso que la inhabilitación para ejercer la abogacía proceda cuando se demuestre el uso doloso, directo y esencial de la profesión en la infracción, y fortalecer los controles e independencia de los avalúos en la venta anticipada de bienes.

Asimismo, pidió proteger a terceros que hayan actuado bajo coacción, extorsión, intimidación o amenaza comprobadas, así como a ahorristas, depositantes, socios y usuarios de entidades de la economía popular y solidaria que no hayan participado en actividades ilícitas.

En materia de medidas cautelares y prisión preventiva, sostuvo que corresponde a la Fiscalía General del Estado justificar la insuficiencia de las medidas no privativas de libertad. Las decisiones deben sustentarse en riesgos procesales concretos, actuales e individualizados. También propuso que la retención de pasaportes o documentos de viaje sea dispuesta mediante decisión judicial motivada y vinculada al riesgo de fuga.

Las propuestas serán consideradas por la Comisión en la elaboración del informe correspondiente para segundo debate.

JC

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COMISIÓN DE SEGURIDAD INTEGRAL. PRIMERA. (VIRTUAL). ECUADOR, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2026

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