La Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial, en el trámite del Proyecto de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, recibió a Katia Barros, de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo; a Rodolfo Salazar, PhD en Ordenamiento Territorial; y a Danny Hernández, geógrafo, quienes aportaron con observaciones y sugerencias para mejorar esta normativa.
Barros, intendenta Nacional Resolutiva de la Superintendencia, sugirió que se especifiquen las competencias relacionadas con la vialidad rural, tomando en cuenta que el órgano que regula las zonas urbanas y rurales es el gobierno autónomo cantonal. En este sentido, existen carreteras que, siendo rurales, atraviesan una cabecera cantonal.
También se refirió a la infraestructura de telecomunicaciones, cuya competencia corresponde al Gobierno central. Explicó que, si bien esta atribución es nacional, la determinación del uso del suelo corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados cantonales. Por ello, consideró necesario establecer mecanismos de coordinación que permitan ejercer adecuadamente esta competencia concurrente. Finalmente, sugirió precisar que la venta directa de inmuebles municipales no procede cuando se trate de bienes de uso público.
Por otro lado, desde el punto de vista de la academia, Salazar y Hernández, representantes de la Universidad de las Fuerzas Armadas (ESPE), analizaron aspectos relacionados con conceptos técnicos sobre los límites político-administrativos de cada una de las jurisdicciones del país y las competencias que corresponden a los distintos niveles de gobierno seccional. En este sentido, señalaron la necesidad de diferenciar qué se entiende por zona urbana y zona rural.
Salazar indicó que una de las medidas para solucionar esta diferenciación está relacionada con la adopción de una norma ISO sobre gestión del suelo, que no solamente se refiere a lo territorial, sino también al acceso a los servicios que debe otorgar el Estado a los ciudadanos. En este mismo aspecto, planteó analizar si corresponde o no emprender un proceso de regularización de los asentamientos humanos informales.
Para Hernández, la concepción de lo urbano y lo rural debe responder a la realidad funcional de cada territorio, sobre la base de criterios técnicos que permitan diferenciar las condiciones y características propias de cada ámbito. Con ello, se podrán reducir los conflictos de competencias entre los gobiernos autónomos provinciales y cantonales.
EG
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