Vivienda de interés social: claves de una ley para reducir el déficit habitacional

Lunes, 30 de marzo del 2026 - 00:00 Imprimir

Vivienda de interés social: claves de una ley para reducir el déficit habitacional

El acceso a una vivienda digna es uno de los desafíos sociales y económicos que enfrenta Ecuador. En marzo de 2026, la Asamblea Nacional tramitó una reforma orientada a incentivar la participación del sector privado en la construcción de viviendas de interés social y contribuir a reducir el déficit habitacional.

El proyecto fue presentado por el Presidente de la República como una iniciativa urgente en materia económica y fue calificado para su tratamiento por la Asamblea Nacional el 10 de marzo de 2026.

El inicio del tratamiento

El 11 de marzo de 2026, Diego Franco informó desde la Comisión de Desarrollo Económico sobre el inicio del tratamiento de la propuesta.

El proyecto planteaba utilizar incentivos tributarios para promover que personas naturales y jurídicas participaran en la generación de soluciones habitacionales mediante la donación de viviendas de interés social o aportes destinados a su financiamiento.

La Comisión recibió durante el proceso los criterios de autoridades, académicos y representantes del sector productivo.

El 16 de marzo aprobó el informe para primer debate con siete votos afirmativos. En esa etapa, Diego Franco ejercía la presidencia encargada de la Comisión y señaló que el tratamiento debía considerar el problema del déficit habitacional y los aportes recibidos durante las comparecencias.

¿Qué mecanismo planteó la reforma?

La propuesta buscó generar un incentivo tributario para quienes contribuyeran a la construcción o financiamiento de viviendas de interés social.

Entre los mecanismos establecidos se contempló una rebaja del impuesto a la renta para contribuyentes que donaran viviendas o realizaran aportes destinados a estos programas.

El texto aprobado por la Comisión estableció que, para determinados casos, la rebaja podría equivaler al 100 % del valor donado, con un límite de hasta el 30 % del impuesto causado y sin derecho a devolución.

La aplicación del mecanismo quedó vinculada a requisitos de control y verificación por parte de las autoridades competentes.

También se estableció que el ente rector de hábitat y vivienda debía elaborar anualmente un catálogo de necesidades de vivienda de interés social, priorizando territorios con mayores niveles de déficit habitacional y pobreza.

Del primer debate a la aprobación

El primer debate se desarrolló el 18 de marzo de 2026.

Posteriormente, la Comisión aprobó el informe para segundo debate el 21 de marzo. Durante el segundo debate, realizado el 26 de marzo, el tratamiento fue suspendido durante 48 horas para que la Comisión pudiera analizar las observaciones formuladas y presentar un texto final.

El 27 de marzo, la Comisión aprobó con ocho votos afirmativos el texto final que sería sometido nuevamente al Pleno.

Finalmente, el 30 de marzo de 2026, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto con 83 votos afirmativos.

¿Qué establece la ley?

Entre sus principales disposiciones se encuentran:

incentivos tributarios vinculados a la construcción y donación de viviendas de interés social;

mecanismos de participación del sector privado;

convenios entre los contribuyentes y el ente rector de hábitat y vivienda;

mecanismos de verificación mediante actas de entrega-recepción o escrituras públicas;

un catálogo anual de necesidades de vivienda;

límites al gasto tributario para preservar la sostenibilidad fiscal;

evaluación anual de sus efectos fiscales y económicos;

aplicación temporal del incentivo durante los períodos fiscales 2026 a 2029.

La ley establece además que la participación privada es complementaria y no sustituye las obligaciones constitucionales del Estado en materia de hábitat y vivienda.

El papel de Diego Franco

La participación de Diego Franco en este proceso se produjo desde la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, especialmente durante la etapa de análisis y construcción del informe.

Su papel fue el de autoridad de la Comisión durante parte del tratamiento y no el de autor de la iniciativa, que correspondió al Presidente de la República.

Esta distinción es relevante para documentar correctamente la gestión legislativa: el proyecto tuvo iniciativa presidencial, mientras que la Comisión realizó el análisis, recibió aportes, procesó observaciones y construyó el texto que posteriormente fue sometido al Pleno.

De proyecto a ley

La Asamblea aprobó definitivamente el proyecto el 30 de marzo. El texto fue posteriormente publicado en el Registro Oficial No. 256, Tercer Suplemento, el 1 de abril de 2026.

De acuerdo con la información oficial de la Asamblea, la ley entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Línea de tiempo

9 de marzo de 2026: presentación del proyecto por iniciativa presidencial.

10 de marzo: calificación por el Consejo de Administración Legislativa.

11 de marzo: inicio del tratamiento en Comisión.

16 de marzo: aprobación del informe para primer debate.

18 de marzo: primer debate en el Pleno.

21 de marzo: aprobación del informe para segundo debate.

26 de marzo: segundo debate; se suspende el tratamiento para revisar cambios.

27 de marzo: Comisión aprueba el texto final.

30 de marzo: aprobación definitiva con 83 votos.

1 de abril: publicación en el Registro Oficial No. 256.

Diego Martín Franco Hanze
Asambleísta por Manabí Acción Democratica Nacional ADN

Manabita formado con el ejemplo de su gente trabajadora, solidaria y resiliente. Desde temprana edad entendí el valor del emprendimiento y la importancia de acompañar a quienes construyen el futuro desde la costa. Esa visión me llevó a estudiar Ciencias Empresariales en la Universidad de British Columbia, en Canadá, y luego a obtener una maestría en Administración de Empresas en la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES).

A lo largo de mi carrera, he asumido diversos retos con un enfoque claro, generar desarrollo y bienestar desde lo local. Como Coordinador de Desarrollo Económico del Municipio de Manta, impulsé políticas para atraer inversión y fomentar empleo. Fui concejal, y luego vicealcalde de Manta, cargo desde el cual promoví la ordenanza para el fomento de emprendedores y asumí temporalmente la alcaldía para dar continuidad a la gestión municipal. También fui presidente de la Cámara Empresarial de Manta, trabajando por una economía más articulada y productiva.

En 2025, fui elegido como asambleísta por el movimiento ADN7 y actualmente soy vicepresidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa. Hoy, desde la Asamblea Nacional, mi compromiso es legislar para que el país avance, para que Manabí crezca, y para que las y los ecuatorianos tengan acceso a oportunidades reales, especialmente quienes trabajan en el campo, el mar y los pequeños negocios.

Mi vocación es clara: servir, escuchar y transformar con responsabilidad. Estoy aquí para construir un Ecuador más justo, productivo y cercano a su gente.

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