La asambleísta Inés Alarcón, representante de la provincia de Pichincha, presentó el Proyecto de Ley Orgánica de Activos Virtuales, que plantea establecer un marco jurídico integral para regular la emisión, intercambio, transferencia, custodia, administración y demás actividades relacionadas con los activos virtuales en Ecuador.
Entre sus principales disposiciones, establece un régimen de registro obligatorio para las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades reguladas y contempla autorizaciones especiales para aquellas operaciones que, por su naturaleza, volumen, exposición patrimonial o nivel de riesgo, requieran mayores controles. También prevé categorías diferenciadas y niveles de supervisión de acuerdo con el riesgo asociado a cada actividad.
La iniciativa identifica como actividades reguladas la emisión y oferta de activos virtuales; su intercambio por moneda de curso legal u otros activos virtuales; las transferencias habituales o profesionales; la custodia y administración; la intermediación, y determinadas actividades de infraestructura tecnológica vinculadas con este ecosistema.
Además, incorpora obligaciones de debida diligencia, identificación de clientes y usuarios, identificación del beneficiario final, monitoreo de operaciones y aplicación de controles reforzados cuando exista un mayor nivel de riesgo. Asimismo, establece obligaciones de trazabilidad y conservación de información que permitan reconstruir el origen, destino, titularidad y demás elementos relevantes de las operaciones.
En materia institucional, el proyecto distribuye competencias entre la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, la Superintendencia de Bancos, el Banco Central del Ecuador, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), además de la Fiscalía General del Estado y la Función Judicial, en los ámbitos que correspondan.
Asimismo, plantea reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero, la Ley Fintech, la Ley de Prevención de Lavado de Activos y de la Financiación de Delitos y la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, con el propósito de articular el régimen de activos virtuales con la normativa financiera, tecnológica, antilavado y patrimonial vigente.
Entre otros cambios, propone reconocer expresamente a los activos virtuales como bienes susceptibles de extinción de dominio, con el fin de fortalecer las herramientas jurídicas para identificar, rastrear y someter a control patrimonial aquellos activos vinculados con actividades ilícitas.
JC
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