Con 85 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el allanamiento a la recomendación del informe no vinculante sobre la objeción parcial por inconveniencia presentada por el Ejecutivo al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario.
Con esta decisión, y de conformidad con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el texto será remitido al Registro Oficial para su publicación.
La moción fue presentada por Nathaly Farinango, presidenta de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, quien recordó los principales aspectos de la reforma integral aprobada el pasado 6 de octubre.
Respecto de la observación presidencial, la legisladora señaló que el allanamiento busca garantizar la constitucionalidad de la norma. "Cuidar la Constitución no es un trámite ni un formalismo; es la mejor garantía de que la ley sea justa, se sostenga en el tiempo y no se convierta en una puerta abierta a demandas e impugnaciones", manifestó.
Asimismo, explicó que el principio de proporcionalidad exige que las sanciones respondan a una finalidad legítima y que su intensidad no sea manifiestamente excesiva frente a la conducta que se busca corregir. En tanto, la seguridad jurídica requiere que los contribuyentes conozcan con claridad el alcance de sus obligaciones y las consecuencias de incumplirlas. "Una reforma que respete ambos principios es una reforma más fuerte, no más débil", concluyó.
La objeción parcial del Ejecutivo se refiere a la sanción por no declarar los activos mantenidos en el exterior o por reportarlos de manera incompleta en la declaración patrimonial.
En estos casos, los contribuyentes deberán pagar una multa equivalente al 0,5 % del valor de los activos no reportados, con un límite máximo de 2.075 salarios básicos unificados. Si presentan voluntariamente la declaración antes de recibir una notificación de la Administración Tributaria, la sanción se reducirá a la mitad.
AM