Ante la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por María Paula Romo, comparecerá el presidente de la Consejo de la Judicatura, Benjamín Cevallos, este miércoles, 9 de diciembre, para informar sobre una supuesta irregularidad en la implementación de juzgados de trabajo, cuya investigación la inició el asambleísta Andrés Páez.
En la tarde se recibirá, en comisión general, a especialistas en Derecho Penal y proponentes de algunas enmiendas, entre ellos Gladys Terán, Ramiro Aguilar, Patlova Guerra, Ernesto Pazmiño, Director de la Defensoría Pública; y, Alexis Mera, Secretario Jurídico de la Presidencia, quienes presentarán observaciones y sugerencias a las reformas a los códigos Penal y de Procedimiento Penal.
La Comisión de Justicia ha sistematizado el articulado de 13 propuestas, encaminadas a imponer sanciones más eficaces para enfrentar la ola delincuencial que azota al Ecuador, así como para proteger el ambiente, recogiendo los aportes de la Presidencia de la República, de la Fiscalía, de la Defensoría del Pueblo, de los asambleístas Andrés Páez, María Paula Romo, Rosana Alvarado, Mary Verduga, César Rodríguez, Luis Almeida, Cynthia Viteri, Enrique Herrería, Galo Lara, entre otros y de la ciudadanía.
Oportunamente, la Dra. Maria Yépez, ex fiscal General, mencionó que no es verdad que una medida para solucionar la criminalidad o el aumento de la delincuencia sea el incremento de las penas; y tampoco es correcto el criterio de que la transformación de ciertos delitos de acción pública en delitos de acción privada sea causa de impunidad.
El derecho penal y menos aún el proceso penal, sus rituales y principios no son los únicos caminos para lograr la paz social, por lo que suprimir el hurto y la estafa del catálogo de delitos de acción privada no mejora la persecución de los mismos. El bien jurídico lesionado, el interés público, el grado de lesividad deben ser los parámetros para establecer el tipo de delito y principalmente la sanción, enfatizó.
Entre tanto, el doctor Ricardo Vaca Andrade comentó que no puede dejarse intocado el gravísimo problema del pago de “derechos” a los peritos. Debe señalarse quién, cuánto y en qué momento se debe pagar; y, fundamentalmente, tipificar como delito la exigencia de los peritos a las partes para que les paguen lo que a ellos se les ocurre, en concepto de honorarios, peor aún cuando reciben de parte y parte, con pleno conocimiento de los fiscales.
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