La Ley Orgánica de la Función Legislativa, dentro del Capítulo XIX denominado DEBERES ÉTICOS, PROHIBICIONES Y SANCIONES, en el artículo 162 manda que constituyen deberes éticos de la actividad parlamentaria de las y los asambleístas: “10. Presentar junto a su declaración patrimonial juramentada, una declaración de intereses que incorpore su relación con compañías, gremios, funcionarios públicos de alto nivel o afiliaciones que puedan devenir en conflicto de intereses.” El artículo 142 tercer inciso de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece: “Las y los asambleístas que tengan conflicto de intereses en la aprobación de un proyecto de ley o de una resolución, se abstendrán en la votación, sin perjuicio de que principalicen a su suplente o alterno, según corresponda” Es así como, en cumplimiento del mandato de la Ley, es necesaria la suscripción del presente formulario./sites/default/files/private/asambleanacional/filesasambleanacionalnameuid-18134/12%20FORMULARIO%20DECLARACIO%CC%81N%20INTERESES.pdf