Experta plantea observaciones al proyecto de ley que refuerza la protección de la imagen y datos de niñas, niños y adolescentes

Lunes, 16 de marzo del 2026 - 15:41 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En el marco del proceso de socialización y tratamiento del Proyecto de Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia para Reforzar el Derecho a la Dignidad, Reputación, Honor e Imagen de Niñas, Niños y Adolescentes, la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes recibió a Tatiana Ordeñana, presidenta del Centro de Estudios Sociales y Jurídicos del Ecuador.

Durante su intervención, Ordeñana señaló que la propuesta legislativa es pertinente frente al incremento de riesgos que enfrentan niñas, niños y adolescentes, particularmente en entornos educativos y digitales. En ese sentido, recordó que la Constitución del Ecuador y la Convención sobre los Derechos del Niño establecen la obligación del Estado de garantizar una protección reforzada a este grupo de atención prioritaria.

Asimismo, destacó que el proyecto se sustenta en principios establecidos en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, que reconoce como datos sensibles la información de niñas, niños y adolescentes debido a su especial condición de vulnerabilidad. En este contexto, subrayó la importancia de proteger su privacidad, imagen, reputación y honra, especialmente en un entorno digital en el que, según cifras citadas, el 30,9 % de la población ecuatoriana es menor de 18 años.

Entre sus observaciones, planteó la necesidad de revisar el rango etario previsto en el proyecto. Explicó que el Código de la Niñez y Adolescencia distingue entre niños (hasta los 12 años) y adolescentes (de 12 a 18 años), por lo que sugirió analizar con mayor precisión las medidas de protección aplicables a cada grupo, especialmente considerando que el proyecto se refiere a menores de 15 años, lo que podría dejar sin un tratamiento específico a adolescentes de entre 15 y 18 años.

También propuso fortalecer la coherencia del articulado respecto al uso de plataformas digitales, particularmente en lo relacionado con fines educativos y con la participación de entidades que brindan atención, protección y cuidado a niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, recomendó armonizar las disposiciones para evitar contradicciones entre los artículos y las disposiciones generales.

Para concluir, sugirió incorporar referencias a los procedimientos sancionatorios establecidos en la normativa vigente y a las competencias de la Superintendencia de Protección de Datos Personales, con el fin de dotar de mayor claridad y eficacia al régimen de control y sanciones. Además, recomendó revisar la denominación de ciertas instituciones mencionadas en el proyecto, a fin de mantener coherencia con la actual estructura institucional del Estado.

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