Fiscalía plantea ajustes jurídicos al proyecto que sanciona la pornografía con utilización de niñas, niños y adolescentes

Miércoles, 05 de agosto del 2026 - 16:23 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Transparencia recibió los aportes técnicos de la Fiscalía General del Estado al Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención, Erradicación y Sanción de la Pornografía con Utilización de Niñas, Niños y Adolescentes. Las observaciones se enfocaron en fortalecer la seguridad jurídica de la propuesta y garantizar su armonía con los estándares constitucionales e internacionales.

Israel Carrión, coordinador general de Asesoría Jurídica de la Fiscalía, destacó la importancia de la iniciativa, al señalar que dotará a la institución de herramientas que faciliten el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales en la investigación y persecución de estos delitos.

Entre las principales observaciones, se refirió al artículo 4 del proyecto, relacionado con la publicidad de la identidad de las personas que cometan delitos de producción de pornografía con utilización de niñas, niños y adolescentes.

En este punto, recomendó que la comisión considere la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la publicidad de la identidad de las personas, así como la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Lori Berenson Mejía vs. Perú, que desarrolla criterios sobre esta materia.

Respecto del registro de personas sentenciadas por estos delitos, cuya creación dispone el proyecto, sugirió incorporar el plazo durante el cual deberá mantenerse la información en dicho registro. Precisó que esta disposición podría incluirse a continuación del artículo 68 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Carrión también formuló observaciones relacionadas con la reparación integral de las víctimas, el fortalecimiento de las medidas de prevención, las acciones de sensibilización pública, la precisión de la conducta dolosa, los verbos rectores del tipo penal y las excepciones aplicables en casos de acceso involuntario, sin dolo, o cuando la información corresponda a un manejo institucional legítimo.

Finalmente, el representante de la Fiscalía recordó que toda persona investigada goza de la garantía constitucional de presunción de inocencia, por lo que consideró pertinente revisar la jurisprudencia aplicable durante el análisis del proyecto de ley.

AM

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