Código Ingenios sustituirá a la Ley de Propiedad Intelectual

Jueves, 29 de octubre del 2015 - 15:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Código Ingenios sustituirá a la Ley de Propiedad Intelectual

Durante la continuación del primer debate del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios) el Pleno empezó a tratar el libro tres de este cuerpo legal. La vicepresidenta de la Comisión de Educación, Ximena Ponce, indicó que esta parte se refiere a un nuevo modelo de gestión del conocimiento que reemplaza a la vigente Ley de Propiedad Intelectual.

La legisladora mencionó que este nuevo modelo brinda un equilibrio entre los derechos de los titulares de propiedad intelectual, sean estos creadores, comerciantes, usuarios, competidores y ciudadanos, para lograr una mayor democratización de los beneficios y oportunidades del conocimiento. Dijo que también desarrolla la pluralidad de formas de propiedad consagradas en la Constitución.

Con la ley actual la exclusividad de la patente se ha reconocido y entregado, sobre todo, a la exclusividad de la producción, a tal o cual empresa o inventor. Se ha convertido en un derecho que se concentra en monopolios, es un flujo relacionado con la comercialización, explicó. Esta ley ha sido más protectora a este régimen de patentes, más que nada internacionales, y más restrictiva a nuestras capacidades. Nuestras universidades han logrado producir un promedio de dos patentes por año, mientras que el resto, más del 90%, han provenido de empresas extranjeras, insistió.

La parlamentaria informó que con este Código se plantea un sistema de reconocimiento de la propiedad intelectual mucho más equilibrado. La propiedad intelectual, la creación e innovación tiene que ser protegida, pero también debe ser salvaguardada toda su cadena: la generación, producción y comercialización, agregó.

Ximena Ponce manifestó que con esta misma lógica se reconoce a la creación de obras artísticas y el derecho a la autoría. Esto se señala en varios artículos, incluso cuando se hace bajo contratación. En este caso, al autor, generador del conocimiento se le reconoce un 10% del beneficio que tendría la creación o innovación de una obra, bien, servicio o producto. Así mismo, se establece un derecho de reconocimiento del 40% en lo relacionado a equipos de investigación de la academia.

Según la asambleísta en este libro también se regula el régimen de software libre y privado. Aquí surgió la necesidad de que todas las instituciones públicas usen el primero. Sin embargo, advirtió que el software privado también tiene su protección e incentivos.

Después de la discusión de este libro el Pleno debatirá el Libro cuarto, en el que se encuentra el financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, así como los incentivos para la economía social de los conocimientos, la creatividad y la innovación. También están pendientes las disposiciones generales, transitorias, reformatorias, derogatorias y finales.

LM/pv

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