Asambleísta Fausto Cayambe explicará contenido de enmienda laboral

Viernes, 27 de noviembre del 2015 - 12:57 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Fausto Cayambe - Foto Archivo

Por invitación del Parlamento Laboral y de los trabajadores de la Empresa Eléctrica Quito, el asambleísta Fausto Cayambe, integrante de la Comisión de Enmienda Constitucional, junto a algunos legisladores de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, explicará el avance de los acuerdos sobre la propuesta de enmienda constitucional en materia laboral.

El encuentro se realizará este lunes 30 de noviembre, a partir de las 09:00, en las instalaciones de la Empresa Eléctrica Quito.

En el texto de enmienda se suprime el tercer inciso del artículo 229 que establece que las obreras/os del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo. En el artículo 326 numeral 16 se modificaría de la siguiente manera: En las instituciones del Estado y en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, quienes cumplan actividades de representación, directivas, administrativas o profesionales y demás servidores públicos se sujetarán a las leyes que regulan la administración pública. Bajo este régimen, los servidores públicos tendrán derecho a la organización para la defensa de sus derechos y la mejora en la prestación de servicios públicos, a la huelga de conformidad con la Constitución y la ley. En virtud de que el Estado y la administración pública tienen la obligación de velar por el interés general, solo habrá contratación colectiva para el sector privado.

Para lograr este objetivo, el órgano legislativo, en el plazo máximo de 180 días, contados desde la entrada en vigencia de la enmienda constitucional, reformará las leyes que rigen el sector público, observando las disposiciones constitucionales enmendadas, es decir, se incorporarán los derechos que nunca tuvieron como es el de organizarse un sindicato, el derecho a la huelga y las demás garantías que establece el convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo, agregó.

Dijo que de acuerdo con la legislación internacional en nuestra normativa existen cuatro derechos colectivos fundamentales como son: estabilidad laboral, derecho a la libertad sindical, el derecho a la huelga y a la negociación colectiva. Este último aspecto es el que se está garantizando en el convenio 151, en el numeral 7 que determina que la legislación nacional para regular este derecho tendrá que definirse en la normativa correspondiente.

En este marco, continuo, cuando se reforme la LOSEP y las demás leyes del servicio público se tomarán en cuenta las disposiciones constitucionales, como las del Convenio de la OIT, hecho histórico, porque luego de 37 años el Estado ecuatoriano lo ratificará.

En cuanto a la negociación colectiva, expresó que conforme establece el Convenio 98 de la OIT y en nuestra legislación, se cristaliza el derecho a la negociación.

No podemos afectar derechos colectivos porque estamos regidos por convenios internacionales y sobre todo por la Constitución, precisó Fausto Cayambe.

JLVN/pv

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