Esteban Melo pide incluir seguro universal de repatriación de cadáveres

Miércoles, 16 de marzo del 2016 - 08:41 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Esteban Melo. Foto - Archivo

El asambleísta Esteban Melo, representante de los migrantes por Europa, Asia y Oceanía, solicitó que en el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana se agregue un artículo sobre el seguro universal de repatriación de cadáveres que será un servicio que el Estado ecuatoriano lo ejecute a través de la autoridad competente de Movilidad Humana, atendiendo a los acuerdos y políticas referentes a repatriación de cadáveres, derechos humanos y protección social.

Este servicio, según la propuesta, se brindará sin ningún costo, en caso que un ciudadano ecuatoriano falleciere en el exterior y que sus familiares desearen que los restos mortales retornen al Ecuador.

Esteban Melo precisó que el artículo 69 del proyecto de Ley de Movilidad Humana habla de la repatriación en lo que tiene que ver con el regreso al país de toda persona ecuatoriana cuando se realiza bajo la tutela y por cuenta total o parcial del Estado ecuatoriano. Las y los ecuatorianos sentenciados en el extranjero tienen derecho a regresar al país en condiciones dignas y con respeto a sus derechos humanos a través del proceso de repatriación.

El parlamentario explicó uno de los servicios que ofrece el Viceministerio de Movilidad Humana, a través de la Unidad de Protección a la Comunidad Migrante es el de “repatriación de cadáveres” cuyo objetivo es brindar atención a familiares de personas migrantes en condición de vulnerabilidad económica y social, que requieren apoyo y/o asistencia del Estado para repatriación de cadáveres o restos mortales de ecuatorianos/as fallecidas en el exterior.

Según información proporcionada por la Unidad de Documentos de Viaje de la Coordinación Zonal 9 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en los últimos 8 años solo en Europa se han registrado alrededor de 4 mil ecuatorianos fallecidos, de los cuales apenas el diez por ciento han podido acogerse a este servicio.

Recordó que el artículo 40 de la Constitución dispone que el Estado ecuatoriano, a través de las entidades correspondientes desarrollará, entre otras, las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria y ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.

Esteban Melo reiteró que es necesario que este servicio que ofrece actualmente el Viceministerio de Movilidad Humana, conste en la Ley Orgánica de Movilidad Humana como un “seguro universal de repatriación de cadáveres” que ofrezca el Estado ecuatoriano, sin costo alguno para los familiares del ecuatoriano fallecido en el exterior y que para ello el Ministerio de Finanzas o el organismo competente de la política económica en esta materia establecerá el proceso de financiamiento solidaria que se desarrollará para este seguro.

JLVN/pv

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