Decanos de universidades exponen criterios sobre Código de Ambiente

Miércoles, 11 de mayo del 2016 - 14:10 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Decanos de universidades exponen criterios sobre Código de Ambiente

La Comisión de Biodiversidad continúa la recepción de aportes al proyecto de Código de Ambiente. En esta oportunidad decanos de las Universidades Central del Ecuador, Católica, de los Hemisferios y Técnica del Norte expusieron sus propuestas y observaciones a la normativa que busca garantizar el derecho de las personas a vivir en un ambiente sano en relación con los derechos de la naturaleza. Con ellos analizaron temas relacionados con el régimen forestal, fauna urbana, las competencias de la Agencia de Regulación y Control, ecosistemas frágiles, el biocomercio, responsabilidad objetiva en temas sancionatorios y administrativos.

El presidente de la comisión, Carlos Viteri Gualinga, dijo que los aportes de todos los sectores involucrados en materia ambiental son esenciales para la construcción de un código que sea un referente a nivel nacional e internacional. Los datos que se proporcionan permitirán al Ecuador tener la mejor legislación ambiental, agregó.

Páramos

Hugo Zapatta, de la Facultad de Ciencias Agrícolas de la Universidad Central del Ecuador, se refirió a los ecosistemas frágiles. Indicó que hay referencias generales sobre este tema. Los páramos no parecen tener mayor espacio en el proyecto; no hay regulaciones precisas para afrontar la problemática de ese ecosistema fundamental para los ciclos de la naturaleza y el agua. En general, no hay referencia a los agroecosistemas, subrayó.

En relación a los servicios ambientales, expresó que llama la atención cierto contrasentido con el mandato constitucional que está precisado en el artículo 74. El proyecto parecería propiciar la rentabilización de los servicios ambientales. Inquieta también el estímulo que se pretende dar a las actividades de biocomercio, tema que en el país se ha discutido de forma insuficiente. Falta un elemento importante desarrollado en la Constitución como es la consulta previa, sostuvo, al precisar que el rol de los pueblos y nacionalidades indígenas en relación al manejo y conservación de espacios naturales integrados al Sistema Nacional de Áreas Protegidas es esencial, ya que no solo pasa por los guardaparques.

Fauna urbana

Entre tanto, Eduardo Espín, profesor de la Facultad de Ingeniería, Geología, Minas, Petróleo y Ambiental (UCE), propuso que las disposiciones referentes a la fauna urbana no se incluyan en el Código del Ambiente, argumentando el tema debe ser regulado en la ley especial denominada LOBA.

Es partidario de realizar un análisis a profundidad de la creación de la Agencia de Regulación y Control Ambiental ARCAM, debido principalmente a la posible superposición de competencias con otras entidades de control.

Fortalecer la investigación científica

Mientras que Esteban Bauz, decano de la Facultad de Ciencias Naturales de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, señaló que el código debe fortalecer los sistemas de investigación. No se puede tratar en la misma categoría permisos de investigación con permisos de explotación de madera, por ejemplo; es decir, debe haber precisión en lo que son los permisos y la investigación que se realiza en los diferentes parques nacionales o áreas naturales del Ecuador.

Sugirió que el funcionamiento de los herbarios y museos tenga un tratamiento especial dentro de la Agencia de Regulación y Control del Ambiente y no sean considerados como centros de tenencia de fauna y flora, sino que sean reconocidos como lo que son: repositorios de biodiversidad.

Responsabilidad objetiva

De su lado, René Bedón, decano de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la Universidad de los Hemisferios, al referirse al Libro VII sobre procedimientos y sanciones, indicó que el tema de la responsabilidad objetiva no está adecuadamente tratado, por lo que propuso que se regule la responsabilidad objetiva y la inversión de la carga de la prueba conforme a las normas previstas en el Código Orgánico General de Procesos.

Hay que implementar la responsabilidad objetiva con un procedimiento mucho más garantista a favor del administrado, a fin de no afectar el derecho a la garantía del debido proceso y la garantía de presunción de inocencia.

Régimen Forestal

Entre tanto, Mario Añazco, catedrático de la Universidad Técnica del Norte, al referirse al Régimen Forestal subrayó que conviene aclarar lo que significa bosques intervenidos y secundarios, además de una visión sistémica de la deforestación, por lo que pidió una participación mayoritaria de la Academia, ya que se requiere investigación para temas sustanciales en la biodiversidad.

JLVN/p

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