La asambleísta Miryam González solicitó al presidente del Consejo de Educación Superior, René Ramírez, disponga la suspensión de la convocatoria al concurso de méritos y oposición para docentes titulares auxiliar 1 y agregado 1 de la Universidad Nacional de Loja.
Argumenta que con fecha 18 de marzo de 2016, el Presidente de la Comisión de Intervención y Fortalecimiento Académico expidió el Reglamento para convocar a concurso de méritos y oposición para los citados docentes, cuya totalidad de plazas es publicada en un número de 359 vacantes.
Luego el 22 de marzo, a través de la medida urgente No. 051 y 052, resolución No. 14-15 CIFI-UNL, procede a emitir un nuevo reglamento para convocar a concurso de méritos y oposición, dentro del que constan cambios en las disposiciones generales y finales, menciona la parlamentaria.
Precisa que en el cuestionado concurso se encuentran incoherencias jurídicas y acciones administrativas que contravienen las normas legales, tras enfatizar que al expedir un segundo reglamento se estaría contraviniendo los derechos de los participantes del concurso, acorde al numeral 7 del Art. 61 de la Constitución.
También menciona que el Art. 38 del Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor de Educación Superior determina que el concurso público de merecimientos y oposición para ingresar a la carrera académica será autorizado en las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares por el órgano colegiado académico superior siempre que exista la necesidad académica y se cuente con los recursos presupuestarios.
Si bien el Presidente de la Comisión de Intervención para hacer este llamado al concurso de méritos se basa en las atribuciones contempladas en el Art. 51 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades, esto se contrapone con el hecho que la causal por la que se da la ausencia del órgano colegiado académico superior de la Universidad de Loja, es por la falta de aprobación del estatuto interno, puntualiza.
Recuerda que el 11 de febrero de 2016 solicitó al titular del Consejo de Educación Superior (CES) copia certificada del Plan de Excelencia de la Universidad de Loja para llevar adelante la intervención, así como los motivos por los que hasta la fecha (3 años) no se haya aprobado el Estatuto Orgánico de este centro, recibiendo como respuesta que aún se encuentra en revisión por parte de este organismo, además que la institución no cuenta con el órgano colegiado académico superior (OCAS), conformado en legal y debida forma, razón por la que no es posible proceder con la aprobación del Estatuto de la UNL.
Agrega que la Ley Orgánica de Educación Superior fija que son atribuciones y deberes del CES aprobar los estatutos de las instituciones de educación superior, mientras la disposición transitoria determina que las universidades y escuelas politécnicas en un plazo de 180 días reformarán sus estatutos para adecuarlos a la ley, publicada el 12 de octubre de 2010.
Miryam González puntualiza que la expedición del nuevo Reglamento para Concurso contiene reformas que fueron introducidas luego de iniciado el proceso, lo que contraviene el Art. 14 del Subsistema de Selección de Personal del Sector Público, emitido por el Ministerio de Trabajo. Asimismo, no hay sustento técnico académico para el concurso en relación al número de plazas.
MG/pv