Martes, segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Notarial

Domingo, 13 de noviembre del 2016 - 23:35 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Martes, segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Notarial

Este martes, desde las 09:30, en el Pleno de la Asamblea Nacional se realizará el segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Notarial y también el primer debate del proyecto de de Ley Orgánica para una Niñez y Adolescencia Libre de Castigo Físico y Tratos y Penas Degradantes.

Con respecto a la reforma  a la Ley Notarial, en el procedimiento de elaboración del informe para segundo debate, se trató la necesidad y oportunidad de las observaciones presentadas durante el primer debate. Además, hubo sugerencias presentadas por escrito en la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.

Dentro de las observaciones se acordó que solo en el caso de que un documento cuente con firma electrónica, el notario no puede dar fe de la autenticidad, exactitud y fuerza probatoria de la impresión de un mensaje de datos, registros electrónicos, páginas web, mensajes de texto. Además la impresión de un mensaje de datos o documento electrónico y la transcripción de un mensaje de datos. Sin embargo, esto no significa que no haya la posibilidad de usar mensajes de datos en un juicio, pues existen otros mecanismos procesales como los peritajes que darán valor probatoria a esa información.

Según el informe, el documento válido para el reconocimiento de la unión de hecho no puede ser únicamente la sentencia, pues eso implicaría que previo al trámite de la disolución de bienes, las partes deban acudir ante un juez que resuelva sobre la existencia de la unión de hecho, tomando en cuenta que no existe obligación de formalizar dicha unión ante notario. Para solicitar la disolución bastaría con presentar la sentencia o el acto notarial del reconocimiento de la unión de hecho.

Se insiste en la necesidad de simplificar los trámites y facilitar el perfeccionamiento de las decisiones voluntarias. Lo que se prevé es acordar los términos para evitar trámites innecesarios, si desde el inicio existe la voluntad de las partes. Queda claro que la unión de hecho genera los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio.

Los miembros de la comisión además acogieron la observación presentada por el Consejo de la Judicatura y la Federación Ecuatoriana de Notarios, en lo que respecta a las atribuciones de los notarios de declarar extinto el usufructo y amplían esta atribución para extinguir los derechos de uso y habitación. Se considera que se debe precautelar el interés social de los usuarios. Este y otros temas respecto a este proyecto de ley se debatirán el martes.

MC/pv

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