Presidente de la Asamblea Nacional presentó proyecto contra la corrupción

Martes, 12 de septiembre del 2017 - 15:31 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Presidente de la Asamblea Nacional presentó proyecto contra la corrupción

José Serrano Salgado, presidente de la Asamblea Nacional, presentó un proyecto de Ley Contra la Corrupción conocido como Ley de Manos Limpias, que busca prevenir el cometimiento de delitos contra la administración pública. Para ello, sugiere sanciones drásticas y que quienes sean condenados por dichos delitos pierdan todo su patrimonio.

Según la propuesta, que modifica el Código Orgánico Integral Penal, no es posible indultar a una persona en caso de delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia, como un primer mensaje de cero tolerancia a cualquier acto de corrupción en el Estado.

A través del proyecto se incrementan las sanciones en el caso del delito de peculado de 20 a 25 años cuando se utiliza en beneficio propio o de terceros sus funciones. Actualmente la pena es de 10 a 13 años. En el caso que utilicen trabajadores remunerados por el Estado o entidades del sector público para beneficio propio cuando signifique lucro o incremento patrimonial, se sugiere una pena de 10 a 13 años, en reemplazo de cinco a siete años.

Se redefine el delito de enriquecimiento ilícito. Se entenderá por tal no solo cuando el patrimonio se ha incrementado con dinero, cosas o bienes, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, sino también cuando se han cancelado deudas o extinguido obligaciones; o cuando se han cubierto gastos que van más allá o excedan la capacidad de pago del servidor público.

Igualmente, se actualizan los tipos penales de cohecho, tráfico de influencias, testaferrismo, bajo estándares internacionales y se agravan las penas; se incrementa el castigo para el delito de concusión, se tipifican nuevos delitos de corrupción, sancionados con pena privativa de libertad de 15 a 20 años; que un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas realice acciones para obtener ilícitamente beneficios para sí o para un tercero, el aprovechamiento indebido en beneficio propio o de un tercero, simulación de gastos, el uso de fuerza física, amenazas o intimidación; la contratación sin cumplimiento de requisito.

Se establece que para el ejercicio de la acción penal por delitos de peculado o enriquecimiento ilícito no se requiere como paso previo que la Contraloría emita sus informes.

Serrano Salgado propone que en todos estos casos de delito contra la eficiencia de la administración pública, la persona sancionada quede inhabilitada de por vida para el ejercicio de cualquier cargo público y pierda los derechos de participación, se extinga el dominio y se proceda al comiso penal de todos sus bienes, a fin de desincentivar cualquier práctica corrupta, pues quienes incurran en las mismas deberán estar conscientes que ponen en riesgo todo su patrimonio, incluso el que hayan adquirido legítimamente.

JLVN/pv

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