Reformas al Código de Procesos se orientan a consolidar la agilidad procesal y una administración de justicia expedita, según Franklin Samaniego

Jueves, 14 de junio del 2018 - 15:20 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Justicia, Código de Procesos

La mesa, presidida por la asambleísta Marcela Aguiñaga, dio paso a la revisión del articulado y el informe para primer debate se aprobaría la próxima semana. Los cambios se refieren a la caución en los juicios de recusación, disposiciones normativas aplicables a todos los procedimientos, citación a través de notarios, las citaciones al demandado cuyo domicilio se desconoce y a los ecuatorianos en el exterior, la notificación a los herederos del litigante que fallece, calificación de la demanda y admisión de la prueba, así como el procedimiento de audiencia única, declaración de abandono, retiro de la demanda, entre otros puntos.

Citaciones

Samaniego precisó que las citaciones a los ciudadanos para que acudan a una audiencia se hacen por medio de funcionarios del Consejo de la Judicatura, también a través de la empresa Correos del Ecuador, pero se han detectado graves problemas en cuanto a poder citar al demandado con el libelo (escrito) de la demanda. En tan sentido, se incluye que el actor pueda solicitar que este tipo de citaciones las haga un notario, lo que posibilitará que el trámite se vuelva más ágil y efectivo.

Algo fundamental, en materia civil, es que se incorpora el recurso de revisión de las sentencias ejecutoriadas, considerando que pueden cambiar las circunstancias o aparecer hechos que pueden justificar una demanda, lo que mejora la agilidad procesal y cumplimiento de los principios establecidos en la Constitución y la ley sobre la tutela efectiva, sostuvo.

También, explicó que se establece un plazo de tres días para argumentar los términos de una reconvención (contrademanda), permitiendo que el que aplica esa figura tenga los elementos suficientes de la demanda y responda en condiciones óptimas.

MG/eg

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