Listo informe para primer debate de las reformas al Código Orgánico General de Procesos

Lunes, 18 de junio del 2018 - 20:16 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisisón de Justicia, Código de Procesos,

Por unanimidad de los asambleístas presentes (10 votos) la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos (Cogep). A través de estas reformas se trata de garantizar el derecho a la tutela efectiva para que los jueces no archiven sin razón alguna, las demandas.

En materia de recursos, la propuesta plantea que no haya limitación para que alguien que está inconforme con una sentencia pueda efectivamente tener el criterio de la instancia superior. Una de las propuestas incorporadas se refiere al recurso de revisión, en cuyo caso se requerirá que el proponente adjunte la prueba respectiva.

Es decir, cuando el acto administrativo produzca daños irremediables o de muy difícil remediación por la vulneración de los derechos del administrado, el juzgador podrá ordenar en el auto inicial la suspensión del acto administrativo y de sus efectos, a pedido de parte.

Código de la Función Judicial

Previamente, los legisladores escucharon la opinión de la academia en el tratamiento de los proyectos reformatorios al Código Orgánico de la Función Judicial. Mario Zabala Hoyos, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES, subrayó que el error inexcusable es un problema en la administración de justicia del país, lo que genera una falta de independencia interna del sistema judicial.

Explicó que esta figura ha sido considerada como una norma no definida ni conceptualizada, que ha servido como instrumento de presión, pues, si bien es cierto a nivel de estadística no ha significado mucho, su mera existencia constituye una presión. Por tanto, es necesario que se determine quiénes tienen competencia para resolver sobre el error inexcusable, que podría ser el mismo Consejo de la Judicatura, o los jueces superiores, a través de recursos.

Asimismo, indicó que en el error judicial debería establecerse cuáles son los elementos que lo componen para que no exista un análisis extremadamente discrecional.

Mario Zabala dijo que las universidades están haciendo grandes esfuerzos a través de vinculación, de pasantías y de lo que significa rediseñar las competencias para los perfiles profesionales.

En este contexto, la asambleísta Lira Villalva manifestó que es necesario definir adecuadamente la conducta considerada como error judicial, para evitar las malas interpretaciones, tomando en cuenta que en la independencia de la justicia hasta la presión mediática puede ser perjudicial.

RSA/eg

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