La actividad mercantil y los actos de comercio, en general, fueron analizados en la Comisión de Régimen Económico

Miércoles, 11 de julio del 2018 - 13:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
La actividad mercantil y los actos de comercio, en general, fueron analizados en la Comisión de Régimen Económico

A fin de estructurar el informe para segundo debate del Código de Comercio, la Comisión de Régimen Económico revisó el alcance del Título Preliminar, los Libros I y II de este instrumento legal que busca superar los obstáculos y barreras que puedan ralentizar (frenar) y dificultar las actividades comerciales.

En este marco, los parlamentarios buscan delinear el universo actual de esta actividad y los agentes que en ella intervienen, a fin de que los principios que animan a ese derecho se reflejen en normas que garanticen la agilidad mercantil y los individuos regidos por ellas.

Cabe recordar que el actual Código de Comercio data de 1960, por lo que su actualización y armonización con la norma constitucional vigente es absolutamente necesaria.

El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles, así como los actos y contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes. Se precisa que son comerciantes las personas que, teniendo capacidad legal para contratar, hacen del comercio su ocupación habitual; las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; y, sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

La legisladora Gabriela Larreátegui sugirió incluir en la normativa a las personas que efectúan corretaje de bienes dentro del artículo 8, relacionado con los actos de comercio.

Mientras, el parlamentario Marcelo Simbaña, al referirse al in dubio pro comerciante que consta en el proyecto, subrayó que este principio es muy abierto y se correría el riesgo de que todos puedan ser comerciantes, lo cual ocasionaría que dentro de la vía judicial ambas partes puedan acreditar esa calidad.

De su lado, el asambleísta Juan Cristóbal Lloret precisó que las normas sobre el comercio electrónico deben ser retiradas de este Código y que se lo deje únicamente en la Ley que regula el comercio por vías electrónicas.

Los parlamentarios aprobaron la mayor parte del texto del proyecto de ley en los Libros I y II. Sin embargo, se efectuarán cambios sobre comercio electrónico y los corredores de bienes.

JLVN/eg

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador