Nuevo Código de Comercio reconoce la capacidad de mujeres y adolescentes para comerciar

Martes, 23 de octubre del 2018 - 13:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Nuevo Código de Comercio reconoce la capacidad de mujeres y adolescentes para comerciar

El nuevo Código de Comercio corrige falencias de la norma vigente, dinamiza transacciones bajo el principio de transparencia y legisla sobre el concepto de comercio justo, explicó el presidente de la Comisión de Régimen Económico, Pabel Muñoz, al fundamentar el informe para segundo debate que sobre el tema analiza el Pleno.

El parlamentario indicó que una de las falencias del Código vigente es que no reconoce la capacidad de las mujeres y adolescentes para comerciar, regula el comercio con barcos de vela y establece notificaciones mediante carteles, entre otros aspectos, de allí la necesidad de actualizar y armonizar la redacción con la normativa internacional.

Indicó que actualmente todo gira en torno al acto de comercio y se propone que sea alrededor del comerciante. Se elimina el lenguaje discriminatorio, prohibiciones para mujeres y adolescentes, con lo cual se establece equidad y justicia.

Muñoz, aclaró que el Código regula toda la actividad comercial-económica del país; las relaciones entre comerciantes y no comerciantes, nacimiento, ejecución, modificación, extinción y responsabilidad posterior de los contratos mercantiles, requisitos para ser comerciante y los título de crédito.

Explicó que el nuevo Código de Comercio está estructurado en 1.348 artículos, 4 disposiciones generales, 1 reformatoria, 1 transitoria, 6 derogatorias y 1 final. Contiene un Título Preliminar con las reglas generales, agrupados en siete libros.

Destacó que la propuesta reconoce jurídicamente la obligación mercantil, actos preparatorios, responsabilidad precontractual, entre otros. Perfecciona el consentimiento en la celebración de contratos; regula la celebración de contratos por medios electrónicos; permite que jueces no declaren la nulidad total de actos, sino que puedan modificarlos para permitir su aplicación (costumbre mercantil); reconoce el pago por transferencia bancaria, reconoce formas alternativas de solución de conflictos (mediación y arbitraje en materia comercial sujeta a legislación procesal del Ecuador).

Sobre el comercio electrónico, señaló que mejora el concepto, permite llevar contabilidad por este medio. Entre otros aspectos, potencia la libertad de contratación, la intervención subsidiaria del Estado solo en caso de conflicto, incluye la aplicación de principios en materia mercantil, reconoce el comercio de masas, beneficia la interpretación al no comerciante; y, otorga mayor valor a la costumbre mercantil.

También reconoce el pago por transferencia bancaria (actualmente no hay norma que reconozca jurídicamente esta operación), formas alternativas de solución de conflictos (mediación y arbitraje en materia comercial sujeta a legislación procesal del Ecuador); modifica los plazos de prescripción de documentos mercantiles, actualmente es tres años, ahora serán cinco; agrega nuevos contratos mercantiles específicos, entre ellos los de franquicias, sistemas de distribución, servicios mercantiles, provisión de bienes y servicios; moderniza la figura de contrato de seguros, concebido bajo el principio de simplicidad.

El nuevo código regula la transferencia de empresas; no varía normas sobre figuras tradicionales como letras de cambio, pagaré a la orden, carta de crédito, entre otros, para dar estabilidad a los documentos emitidos por los comerciantes.

Además, agrupa en un solo texto normas sobre contratos de transporte (terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y multimodal) bajo estándares internacionales y promueve relaciones justas entre las partes en contratos de transporte terrestre.

JLVN/pv

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador