Reforma penal tipifica como delito la desaparición involuntaria de personas

Jueves, 09 de mayo del 2019 - 16:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia puso a consideración de la Asamblea Nacional el informe para segundo debate del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal.

El documento incorpora la figura de la responsabilidad penal a las personas jurídicas que se dedican a lavar, limpiar o blanquear dineros mal habidos. En este contexto, las empresas tendrán que demostrar que han tomado procedimientos y mecanismos preventivos para que sus máximas autoridades: presidente, gerente y accionistas no incurran en este tipo de actos.

En temas doctrinarios, se revisó la definición de dolo, error de tipo, error de prohibición, además de clarificar algunos tipos penales en el tema de tráfico de drogas, en que se pone de manifiesto la acción de traficar respecto de quien tiene la intención de vender estas sustancias que sujetas a fiscalización.

Aborto no punible

La asambleísta Marcela Aguiñaga, presidenta el organismo legislativo, explicó que se incorpora la causal de despenalización del aborto en caso de violación, inseminación artificial no consentida y cuando el feto presente anomalías genéticas y patológicas que pongan en riesgo la vida, cuyo proceso solo podrá ser interrumpido hasta la semana 14.

Manifestó que un centro de salud tiene que poner una noticia de alerta cuando conoce, por ejemplo, que una niña o adolescente haya sido violada y producto de ello quede embarazada.

Desaparición involuntaria

Sostiene que, reconociendo el trabajo de la Comisión Ocasional de Desaparecidos, se incluye un texto que tipifica la desaparición involuntaria de ciudadanos. No se podrá cerrar la investigación hasta que su cadáver, de ser el caso, aparezca, argumentó.

Cannabis y medicamentos caducados

También indicó que se despenaliza el uso de cannabis para fines estrictamente terapéuticos, mientras se definen sanciones a quienes comercializan medicamentos caducados o adulterados, poniendo en riesgo la salud y vida de la población.

Imprescriptibilidad

Los responsables de delitos contra la integridad sexual de menores podrán ser sentenciados en ausencia. Se reafirma que este tipo de delitos no prescribe, recogiendo el pronunciamiento de la consulta popular del 4 de febrero de 2018.

Mascotas

La persona que mate a una mascota o animal de compañía será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a un año.

Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad o tortura animal será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

MG/

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador