Comisión aprobó informe para primer debate del Proyecto de Simplicidad y Progresividad Tributaria que será debatido en el Pleno este viernes

Miércoles, 27 de noviembre del 2019 - 12:01 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión aprobó informe para primer debate del Proyecto de Simplicidad y Progresividad Tributaria que será debatido en el Pleno este viernes

El presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo Caicedo, convocó a los parlamentarios para este viernes 29 de noviembre, a las 11:15 para debatir en primera instancia el proyecto de ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria, una vez que la Comisión de Régimen Económico, con 11 votos aprobó el informe.

En esta sesión del Pleno, también se registra el primer debate del proyecto de reformas al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación que regula el financiamiento y facilidades de pago de becas, crédito educativo y ayudas económicas.

Proyecto urgente

El proyecto económico urgente de Simplicidad y Progresividad Tributaria, busca fortalecer el régimen tributario ecuatoriano y la política fiscal, fomentar el emprendimiento y la actividad de exportación en el país, así como instaurar un régimen tributario simplificado que facilite a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones.

El presidente de la Comisión, Daniel Mendoza, indicó que el 78 % del articulado tiene consenso; razón por la cual, en el documento que se entregue a Secretaría de la Asamblea Nacional se harán constar los pronunciamientos de los legisladores.

Algunos de los temas de discusión son el devengamiento de los valores que las operadoras deben pagar al Estado para que se inviertan en infraestructura tecnológica; lo relativo a la devolución del IVA a los diferentes gobiernos autónomos y universidades, a través de bonos del Estado; y, las tasas preferenciales para emprendimientos y exenciones de los bancos que ayuden a este sector productivo.

Además, el ICE a fundas plásticas. Si bien hay que gravarlas con un impuesto para que la ciudadanía cambie su comportamiento de uso, lo conveniente sería para todo tipo porque de lo contrario no se cumpliría el objetivo trazado. La propuesta del Ejecutivo nombra únicamente aquellas de acarreo o tipo camiseta. Así mismo hay desacuerdo en cuando al valor a gravar. Lo adecuado sería directamente el 10 %, pero hay criterios que dicen que se lo haga en dos o tres etapas.

Igualmente, el ICE para vehículos. Hay una propuesta de que se rebaje el 15 % cuando cumplen normas superiores de seguridad, de las que tienen actualmente, con el fin de que sean más accesibles.

Según Mendoza el 22 % del articulado que no tuvo consenso será el que generará mayor debate en el Pleno, y eso es lo que se busca, a efectos de escuchar las posturas de los parlamentarios. Será en la estructuración del informe para segundo debate donde se recojan esos aportes.

Si el viernes 29 de noviembre concluye el debate en el Pleno, Mendoza indicó que la Comisión tendrá hasta el martes 3 de diciembre para aprobar el informe para segundo debate. Se espera que el proyecto económico urgente sea aprobado en el Pleno hasta el viernes 6 de diciembre, con lo cual se entregaría al Ejecutivo para su respectiva sanción u objeción.

Datos del proyecto

A través del proyecto se condona deuda a 30 mil familias que accedieron a crédito para reconstrucción por el terremoto; los intereses para 9.000 jóvenes que mantienen créditos educativos; se establece el 0 % del IVA para las tiras reactivas de medición de glucosa, las bombas de insulina y marcapasos; se reducen los trámites tributarios a los emprendedores.

A las empresas de los sectores industrial, agrícola y ganadero, afectadas por el paro de octubre de las provincias de Cotopaxi, Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Cañar y Tungurahua, se les reducirá un 10 % del valor a pagar del Impuesto a la Renta en el 2020, entre otros aspectos.

En el informe se agregan dos Disposiciones Generales por las cuales se establece que las tarifas del Impuesto Único definidas en los artículos 27 y 27.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno podrán ser reducidas hasta el 50 %, mediante Decreto Ejecutivo, previo el análisis técnico de la autoridad agraria nacional, en los casos que se presenten emergencias en un sector o subsector agropecuario.

También prevé que en el caso de aquellos deudores principales a que se refiere el artículo 1 de la presente ley, el cónyuge o conviviente en unión de hecho y los garantes solidarios que estuvieren prestando sus servicios en el sector público, no podrán ser destituidos ni se podrán dar por terminado sus contratos de trabajo a consecuencia de las obligaciones vencidas o convenios de pago derivados de las instrumentación de crédito educativo, ayudas económicas y becas de educación superior, siempre y cuando suscriban los respectivos convenios de facilidades de pago establecidas en esta ley.

JLVN/cz

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