Presentan proyecto interpretativo al artículo 13 de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria

Martes, 07 de enero del 2020 - 13:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Presentan proyecto interpretativo al artículo 13 de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria

El asambleísta Juan Carlos Yar, miembro de la Comisión de Régimen Económico, presentó un proyecto de Ley Interpretativa al artículo 13 de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria que reforma al artículo 10 numeral 2 de la Ley de Régimen Tributario Interno, con el objetivo de clarificar la aplicación del señalado artículo.

El parlamentario indicó que el texto de la objeción parcial enviada por el Ejecutivo relacionada con el artículo 13, no contó con el comando “sustitúyase el numeral 2 del artículo 10”. Esta omisión generó una confusión entre los numerales 1 y 2 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Este error elimina el primer inciso referente a los costos y gastos imputables al ingreso, que están sustentados en comprobantes de venta (facturas) que cumplan los requisitos legales.

El asambleísta Yar explicó que la ley impide que un veto presidencial sea modificado, por lo que solo era posible allanarse o ratificarse, razón por la cual no se pudo agregar el texto que ahora requiere una interpretación para una correcta aplicación en el sistema tributario.

En este sentido, a través del proyecto interpretativo se aclara que no se eliminó el numeral 1 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, conforme consta en los informes, actas del Pleno y de la Comisión, así como en la Ley publicada. El espíritu de la ley y de los debates jamás fueron en el sentido de sustituir, reformar o eliminar el numeral 1 del artículo 10, agregó el asambleísta.

El vocal de la Comisión de Régimen Económico, indicó que su proyecto de ley interpretativa debe seguir el mismo procedimiento que cualquier proyecto de ley, es decir, primero debe pasar por la Unidad de Técnica Legislativa (UTL) que debe establecer si la propuesta es viable y luego el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificarlo a trámite en una de las comisiones especializadas permanentes.

JLVN/cz

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador