Pleno debatió objeción parcial de proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento de las Finanzas Públicas

Jueves, 02 de julio del 2020 - 18:02 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Pleno debatió objeción parcial de proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento de las Finanzas Públicas

La tarde de este jueves 2 de julio, el Pleno de la Asamblea Nacional debatió la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, que tiene el carácter de urgente en materia económica.

El Primer Mandatario, en su veto parcial, respetó la autonomía de las entidades de la Seguridad Social y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD). El 65 % de la ley trabajada en la Asamblea Nacional no tuvo observaciones y el 35 % recibió 16 recomendaciones a los textos.

Durante el debate, 12 legisladores se pronunciaron respecto del contenido del proyecto y sobre el veto parcial. En el Pleno se destacó que esta ley pone orden a las finanzas públicas, se establece mecanismos para la disciplina fiscal, lo cual permitirá a Ecuador obtener financiamiento externo del FMI, BMI, CAF, además determina ajustes en los ingresos y gastos.

Igualmente, a través de la normativa se genera credibilidad a nivel internacional porque se pone en orden las reglas fiscales y finanzas públicas, señalaron los legisladores; mientras que otros parlamentarios formularon reparos al contenido del proyecto, por varios motivos.

El asambleísta Franco Romero, presidente encargado de la Comisión de Régimen Económico, enfatizó que el proyecto de Ordenamiento de las Finanzas Públicas fue ampliamente debatido tanto en la mesa legislativa como en el Pleno de la Asamblea Nacional; y, de inmediato, mocionó el allanamiento total de las 16 observaciones planteadas por el Ejecutivo. En la Asamblea, 47 legisladores votaron a favor, 52 en contra, 3 votos fueron blancos y 31 abstenciones, con lo cual no se obtuvo los votos necesarios para aprobar la moción.

Según el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, tercer inciso, “la Asamblea Nacional examinará la objeción parcial dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha de su entrega, y podrá, en un solo debate, allanarse a ella, en todo o en parte, y como consecuencia del allanamiento enmendar el proyecto con el voto favorable de la mayoría de asistentes a la sesión… Si la Asamblea Nacional no considera la objeción o no se ratifica en su texto en el plazo señalado, se entenderá que se allanó a esta, y la Presidenta o Presidente de la República dispondrá la promulgación de la ley y su publicación en el Registro Oficial”.

Con este antecedente, La Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas entraría en vigencia por el Ministerio de la Ley, una vez transcurridos los 30 días desde la presentación de la objeción a la Asamblea Nacional, hecho ocurrido el 15 de junio pasado.

JLVN/cz

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SESIÓN NO. 674 DEL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL (VIRTUAL). ECUADOR, 02 DE JULIO DEL 2020

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