Objeción parcial a la Ley de Compañías incluyó textos que no fueron debatidos en la Asamblea

Lunes, 23 de noviembre del 2020 - 14:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Desarrollo Económico trató la objeción parcial al proyecto de Modernización a la Ley de Compañías. El Ejecutivo realizó 45 observaciones a la norma, en tal sentido, la mesa trabaja en la elaboración de un informe no vinculante que será discutido en Pleno de la Asamblea Nacional.

El titular de la mesa, Esteban Albornoz, indicó que, de aproximadamente 150 artículos, incluidas las disposiciones, se ha observado menos del 35 % de la norma. Una puntualización que realizó el legislador fue que, tras la revisión de la objeción, con el equipo técnico, detectaron que se incluyeron artículos que no fueron debatidos en el Pleno. Los asambleístas remarcaron que el veto debe realizarse sobre el texto presentado.

En ese marco, solicitaron la lectura del artículo 138 de la Constitución, el cual contempla que si la objeción fuera parcial, la Presidenta o Presidente de la República presentará un texto alternativo, que no podrá incluir materias no contempladas en el proyecto (...).

El presidente de la mesa mencionó que en la incorporación de nuevos artículos no hay motivación, el veto tiene varios errores de fondo y forma, señaló. Los parlamentarios indicaron que el trabajo elaborado por la Comisión fue técnico con el fin de dar un nuevo marco societario ágil y oportuno para el desarrollo de las empresas

Proyecto

Los parlamentarios se allanaron en 20 observaciones y se ratificaron en 25, especialmente en las que el Ejecutivo incluyó textos que no estaban contemplados en el proyecto de Ley ni fueron debatidos.

Por ejemplo, en el artículo 22 en la sección de Sociedades Anónimas, el Ejecutivo agregó un artículo que establece: “Las diferencias que surjan entre los accionistas de una sociedad anónima, entre estos y la compañía o sus administradores, o entre la sociedad con las personas que la administraren, podrán ser resueltas a través de una mediación. Estas diferencias deberán tener relación con la existencia o funcionamiento de la sociedad anónima, incluida la impugnación de determinaciones de junta general o Directorio, así como el abuso del derecho”.

Otro texto que adicionó el Ejecutivo a la norma fue: “Los accionistas deberán ejercer el derecho de voto en el interés de la compañía. Se considerará abusivo el voto ejercido con el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas, o de obtener, para sí o para un tercero, una ventaja injustificada”.

Los asambleístas determinaron también que en el artículo 25 se incluyen temas que no forman parte del articulado enviado, alterando así el espíritu de la norma.

Si bien dijeron que hay textos que pueden ser positivos para la Ley, estos debieron enviarse a la Comisión con antelación, pues el proceso de socialización fue bastante amplio y por reiteradas ocasiones se solicitó, por escrito, emitir las observaciones que considerara pertinentes; sin embargo, ahora no tiene la facultad de aumentar textos.

La Comisión se reunirá mañana, a las 09h00 para la votación del informe no vinculante que pasará al Pleno de la Asamblea Nacional.

SV/cz

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