Comisión de Desarrollo prevé aprobar informe de reformas a la Ley de Energía Eléctrica

Lunes, 04 de enero del 2021 - 14:09 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Desarrollo Económico tiene como prioridad aprobar, en la primera sesión del nuevo año, que se desarrollará el jueves 07 de enero, a las 08h30, el informe para primer debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Una de las modificaciones a la normativa es que el Estado, por intermedio del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, de forma excepcional, podrá delegar a empresas de capital privado, así como a empresas de economía popular y solidaria, la participación en las actividades del sector eléctrico, cuando sea necesario satisfacer el interés público, colectivo o general o cuando la demanda del servicio no pueda ser cubierta por empresas públicas o mixtas.

Se establece que las empresas privadas, de economía popular y solidaria, y las estatales extranjeras mencionadas deberán estar establecidas en el Ecuador, de conformidad con la normativa correspondiente.

Otra reforma propuesta sugiere que, al finalizar el plazo del título habilitante otorgado, todos los bienes afectos al servicio público deberán ser revertidos y transferidos obligatoriamente al Estado ecuatoriano, sin costo alguno, a través del órgano competente en materia de electricidad. En caso de no existir interés en las instalaciones, estas deberán ser retiradas por el beneficiario del título habilitante a su costo.

El proyecto también propone incluir un artículo por el cual podría terminar la autorización de operación, en los siguientes casos: revocatoria del acto administrativo de autorización de operación; expiración del plazo de la autorización de operación; mutuo acuerdo de las partes, debidamente motivada y que no afecte al interés del Estado; renuncia del titular de la autorización de operación; entre otros.

En otro tema, se plantea una reforma al artículo relacionado con los grandes consumidores, allí se establece que serán aquellas personas jurídicas; debidamente calificadas como tales por la Agencia de Regulación, cuyas características de consumo le facultan para actuar a través de contratos bilaterales o transacciones de corto plazo.

Nuevas modificaciones están vinculadas al alumbrado público y semaforización, tipos de infracciones y sanciones, bienes afectos, eliminación de varios incisos del articulado, entre otros aspectos.

SV/cz

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