Conaie respalda circunscripciones territoriales indígenas que constarán en Código Territorial

Miércoles, 11 de noviembre del 2009 - 21:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Luis Yampis Tsenkush, dirigente de territorio de la Conaie, junto a Valerio Grefa, Inés Shiguango y otros representantes de la Confeniae, organización de la regional amazónica, expresaron su respaldo a lo establecido en el proyecto de Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, respecto a la existencia de uno de los regímenes especiales, las circunscripciones territoriales indígenas (CTIs).

Los dirigentes se reunieron con los integrantes de la Comisión de Gobiernos Autónomos y Gustavo Bedón, delegado de la Senplades.

Valerio Grefa de la Confeniae, manifestó que los puntos de acuerdo se relacionan con la naturaleza de las circunscripciones, en la iniciativa, presupuesto y otros aspectos; lo cual se sustenta en lo establecido en la Constitución.

En este contexto, especificó que de conformidad con el artículo 250 de la normativa constitucional el territorio de las provincias amazónicas puede constituirse en una circunscripción territorial especial, que es su aspiración.

Añadió que se puede constituir en un régimen especial por tres razones: conservación ambiental, étnico – cultural o de población, por lo que “las comunidades, pueblos y nacionalidades, las parroquias, los cantones y las provincias, perfectamente, podemos insertarnos en ese régimen, lo cual es viable, sostuvo.

Entre tanto, Gustavo Bedón, de la Senplades, recordó que como resultado de los diálogos con las organizaciones indígenas se acordó que las circunscripciones territoriales indígenas serán regímenes especiales de gobierno establecidos por autodefinición de los pueblos y nacionalidades en el marco de la organización política administrativa del Estado.

La iniciativa de la conformación de las CTIs corresponderá a los pueblos y nacionalidades indígenas como a los gobiernos autónomos descentralizados de aquellos territorios.

A ello, se suma que las CTIs, una vez constituidas, podrán fusionarse cuando tengan una continuidad territorial. En ese territorio podrán establecer la forma de gobierno que se establecerá a través de su estatuto.

La Senplades también sugirió a las y los asambleístas de la Comisión Especializada que inserten dos temas adicionales, la ratificación de que los territorios ancestrales que se encuentren en áreas naturales protegidas continuarán ocupados y administrados por esos pueblos y nacionalidades. Así mismo que se establezca un mecanismo de presupuesto para impulsar el proceso de formación de las CTIs

Al respecto, el presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Virgilio Hernández, precisó que en la mayor parte de artículos, respecto a las CTIs existen acuerdos, faltando por definir solamente si en la región amazónica se puede o no conformar circunscripciones que no observen los límites de las parroquias, cantones y provincias.


AM/pv

 

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