“El agua no puede ser objeto de acuerdo comercial”: Jaime Abril

Martes, 10 de noviembre del 2009 - 19:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En el marco del primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Aprovechamiento del Agua y en medio de la expectativa de los dirigentes indígenas, el presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Jaime Abril dijo que “el agua por su trascendencia para la vida, la economía y el ambiente, no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial, con gobierno, entidad multilateral o empresa extranjera alguna”.

“La problemática respecto al agua, junto a la concentración de la tierra, resultados de las fracasadas reformas agrarias anteriores, han sido las causas principales para el incremento de la pobreza en el sector rural, la proletarización y marginalización de los campesinos en las grandes ciudades y el abandono de los campos, por el éxodo masivo de fuerza de trabajo hacia otros países, con las implicaciones correspondientes respecto del incremento de la dependencia de productos primarios importados y el deterioro de las capacidades de consumo y nutrición adecuados”, enfatizó

Al hacer su exposición en el pleno de la Asamblea, dijo que el proyecto prohíbe toda forma de privatización del agua, su gestión será exclusivamente pública o comunitaria y no se reconocerá ninguna forma de apropiación o de posesión individual o colectiva sobre el agua.

Destacó que el cuerpo legal tiene como propósito la afirmación del agua como patrimonio estratégico, esto es la comprensión de los recursos hídricos como heredad de los ecuatorianos; el desarrollo del derecho humano al agua; respuesta a los retos de establecer un régimen administrativo de autorizaciones y no de concesiones; establecer un modelo de gestión integrada de los recursos hídricos; promover el aprovechamiento económico productivo sustentable de los acuíferos y aguas subterráneas y el control significativo de la contaminación; y, establecer un régimen de tarifas diferenciadas por uso y aprovechamiento que contribuye a un tratamiento distinto a los diferentes usuarios.

Mencionó los avances y acuerdos logrados con las organizaciones sociales, de campesinos e indígenas que provienen de los estudios comparativos entre las propuestas de proyectos de ley presentadas a la Comisión, así como el procesamiento de las propuestas de las organizaciones ciudadanas, los foros, las audiencias y de los asambleístas.

Señaló como puntos críticos del proyecto la definición esencial del derecho al agua para la vida; el agua de riego para soberanía alimentaria no tiene valor económico, al tiempo que resaltó que se han incorporado varias propuestas de las organizaciones sociales que provienen de la “mesa por el agua y la vida” relativas a la autoridad única del agua y la participación, el Sistema Nacional Estratégico del Agua; el Consejo Intercultural y Plurinacional, el observatorio social, la agencia de regulación y control, el registro público, la autoridad de demarcación hídrica, y los consejos de demarcación hidrográfica con la participación de las organizaciones sociales y ciudadanas.

Añadió que se incluyó a la popuesta el Fondo de Agua para la vida; se eliminó el artículo 144 en el que hacía mención a los servicios ambientales; se construyeron varios artículos con el fin de evitar y controlar la contaminación y se incorporaron varias disposiciones orientadas al acceso equitativo al agua.

RSA/pv

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