Pleno inició primer debate del proyecto de Ley de Estadística

Martes, 13 de marzo del 2012 - 17:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Luego de la lectura del informe para primer debate del proyecto de Ley de Estadística, preparado por la Comisión de Gobiernos Autónomos, el presidente de este organismo y ponente del proyecto, Virgilio Hernández, subrayó la necesidad de actualizar la normativa legal que regula la estadística nacional, pues la ley vigente data de 1976.

 

Dijo que con esta ley se busca que la información estadística del sector público se desarrolle de forma integrada, coordinada, racionalizada, participativa y bajo principios y normatividad técnica para la toma de decisiones de política pública.

El parlamentario, al poner ejemplos de política pública basada en estadísticas, subrayó que 17,2 de cada 100 adolescentes han tenido un hijo; que el 26% de los niños ecuatorianos menores de cinco años sufren desnutrición crónica y problemas de salud.

En este marco, dijo que a través de esta normativa se crea el Conejo Nacional de Estadísticas (Conaces) articulado con el INEC y el Banco Central del Ecuador; estará integrado por nueve miembros, representantes de Senplades, Banco Central del Ecuador, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), el gobierno autónomo, los consejos de igualdad, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y de instituciones encargadas de la política social económica y ambiental.

Entre sus funciones está aprobar los planes sobre la realización de censos; proponer cambios para mejorar la producción estadística; expedir la normativa técnica necesaria; autorizar investigaciones que estén contempladas en el Plan Nacional de Estadística.

Recordó que el Plan Nacional de Estadística es el instrumento de coordinación, ejecución y promoción de las actividades estadísticas públicas, que deberá estar articulado  con las necesidades de información del Plan Nacional de Desarrollo y otros  instrumentos de planificación. Su objeto es asegurar que la producción estadística nacional se la  haga de modo integrado y racionalizado. Para el efecto, cada entidad incluirá obligatoriamente en su presupuesto los recursos financieros necesarios para ejecutar las estadísticas de su competencia, aprobados por el CONACES, por tanto, el INEC  tendría la obligación de dar seguimiento a la ejecución del Plan Nacional de Estadística.

Señaló que la información estadística es la de base y la síntesis que se genere de conformidad con la ley, la misma que formará parte del Sistema Nacional de Información; a la vez que manifestó que el acceso a la información será gratuito; que son fuentes de información los censos, las encuestas por muestreo y los registros; que las personas naturales o jurídicas públicas o de la sociedad tienen la obligación de suministrar información veraz y completa para las investigaciones; se garantiza el derecho de los informantes, el derecho de los usuarios.

Al referirse al secreto estadístico precisó que en la normativa se determina que las restricciones son las establecidas por la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y que están amparados por el secreto estadístico aquellos datos cuya difusión afecte la intimidad e intereses de las personas naturales y jurídicas. Están obligados a mantener el secreto estadístico el personal de las instituciones que conforman el Sistema Estadístico Nacional y las personas, empresas o instituciones que tengan acceso a los datos amparados por secreto estadístico.

JLVN/pv

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