Boletines de Prensa

Con 74 votos Fernando Cordero fue electo Presidente de la Asamblea Nacional
Viernes, 31 de julio del 2009 - 17:33 Elaborado por: Sala de prensa

Boletín 004

El arquitecto Fernando Cordero Cueva, fue electo presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador para el período de dos años. Recibió el respaldo de 74 asambleístas. También se registraron 14 votos negativos, 12 en blanco y 24 y abstenciones. Hagla Click Aquí para ver la votación.

 

Killka katipay

Proponen candidatos para la Presidencia de la Asamblea
Viernes, 31 de julio del 2009 - 17:19 Elaborado por: Sala de prensa

Boletín 003

Una vez cumplida la verificación de la identidad y credenciales de los 121    asambleístas presentes en la sala, el director declaró instalada la sesión y, de inmediato, concedió el uso de la palabra para que propongan candidatos para la Presidencia.
Comisión especial verifica identidad y credenciales de asambleístas
Viernes, 31 de julio del 2009 - 15:54 Elaborado por: Sala de prensa

Boletín 002

De conformidad con lo establecido en el Art. 11 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, una comisión especial conformada por Dora Aguirre, Paco Moncayo, Rocío del Carmen Valarezo, Virgilio Hernández y Vicente Taiano verifica en estos momentos la identidad y credenciales de los asambleístas presentes en la sala.

Killka katipay

Asamblea Nacional instaló su sesión inaugural
Viernes, 31 de julio del 2009 - 15:31 Elaborado por: Sala de prensa

Boletín 001

Con la presencia mayoritaria de los asambleístas nacionales, provinciales y del exterior, elegidos el pasado 26 de abril, el director provisional, Fernando Cordero Cueva, instaló la sesión inaugural de la Asamblea Nacional, con el propósito de elegir sus autoridades, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Killka katipay

EL TITULO
Jueves, 30 de julio del 2009 - 23:27 Elaborado por: Sala de prensa

blabla

Killka katipay

El Titulo
Jueves, 30 de julio del 2009 - 21:08 Elaborado por: Sala de prensa

Por iniciativa de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, presidida por Fernando Cordero Cueva, con la colaboración de la Dirección Nacional de Educación intercultural Bilingüe (DINEIB), con base en lo dispuesto en el Art. 2 de la Constitución, en el sentido “que el castellano, el kichwa y shuar, son idiomas oficiales de relación intercultural”, la Carta Magna fue traducida al kichwa, uno de los idiomas ancestrales de las nacionalidades del Ecuador.

Killka katipay

Desarrollo de la sesión inaugural de la Asamblea, paso a paso
Jueves, 30 de julio del 2009 - 20:53 Elaborado por: Sala de prensa

La Asamblea Nacional se instalará hoy a las 10h00, en virtud del Régimen de Transición de la Constitución de la República, que dispone la iniciación del período 30 días después de proclamados los resultados de las elecciones del 26 abril y el 14 junio.

Dirección provisional
La sesión inaugural será dirigida por los tres asambleístas nacionales que hayan obtenido el mayor porcentaje de la votación consolidada, quienes, en su orden, actuarán como Director, Subdirector y Secretario. Sus funciones culminarán con la posesión de las autoridades.

Elección de autoridades

Se elegirá Presidenta o Presidente; Primera Vicepresidenta o Vicepresidente; Segunda Vicepresidenta o Vicepresidente; primer, segundo, tercer y cuarto vocales del Consejo de Administración Legislativa, CAL. Los vocales serán de diferentes bancadas. También se elegirá una Secretaria o Secretario y una Prosecretaria o Prosecretario, que serán posesionados inmediatamente. Las y los asambleístas y el Secretario y Prosecretario que resulten electos por la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional serán posesionados inmediatamente, una vez proclamados los resultados. Permanecerán dos años en funciones y podrán ser reelegidos

Para el efecto, las y los asambleístas podrán proponer los candidatos para cada una de las dignidades antes indicadas. Cabe indicar que la elección de cada una ellas conlleva la respectiva votación.

Acreditación de asambleístas
Para la instalación de la sesión inaugural, la dirección provisional de la Asamblea Nacional designará, atendiendo a criterios de pluralidad, previa comprobación de sus credenciales e identidad, a una comisión especial formada por cinco asambleístas, cuya función será verificar las credenciales y constatar la identidad de las y los asambleístas electos presentes, conforme lo dispuesto en el Art. 11.

Killka katipay

Ley Orgánica de la Función Legislativa en vigencia con la instalación de la Asamblea
Jueves, 30 de julio del 2009 - 19:18 Elaborado por: Sala de prensa

La Asamblea Nacional, que se inauguró el viernes  31 de julio, estrenó su marco legal, toda vez que el presidente de la República, Rafael Correa, sancionó la Ley Orgánica de la Función Legislativa, aprobada por la Comisión Legislativa y de Fiscalización y la promulgó en el Suplemento del Registro Oficial No. 642, del lunes 27 de julio del 2009.

La Asamblea se instalaró de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Art. 9 del Régimen de Transición, que determina el calendario para el inicio de funciones de las nuevas autoridades elegidas en los procesos del 26 de abril y 14 de junio del presente año.

Se trata de la segunda Ley Orgánica de la Función Legislativa que normará el accionar de la Asamblea Nacional, toda vez que desde el retorno a la democracia hubo dos intentos anteriores por establecer un marco legal en esta materia, pero en aquellas oportunidades los proyectos fueron vetados totalmente. De allí que la entonces Cámara Nacional de Representantes y posterior Congreso, asumieron como Reglamento Interno las disposiciones del proyecto vetado. Solo en 1992 se dio paso a una Ley Orgánica, que a partir de entonces tuvo algunas modificaciones, inclusive posteriores a los cambios constitucionales de 1998.

Esta Ley regula el funcionamiento de la Asamblea Nacional, establece su estructura, desarrolla sus obligaciones, deberes y atribuciones constitucionales. Están sujetos a esta normativa las y los asambleístas que integran esta Función, el personal asesor, a contrato y los funcionarios a nombramiento. Además, propicia mecanismos de corresponsabilidad y diálogo permanente con el Ejecutivo y las otras funciones del Estado.

Elección de autoridades
Se elegirá Presidenta o Presidente; Primera Vicepresidenta o Vicepresidente; Segunda Vicepresidenta o Vicepresidente; primer, segundo, tercer y cuarto vocales del Consejo de Administración Legislativa, CAL. Los vocales serán de diferentes bancadas. También se elegirá una Secretaria o Secretario y una Prosecretaria o Prosecretario, que serán posesionados inmediatamente. Permanecerán dos años en funciones y podrán ser reelegidos.

Órganos de la Función Legislativa
La Ley determina como órganos de la Función Legislativa el Pleno; la Presidencia de la Asamblea Nacional; el Consejo de Administración Legislativa; las Comisiones Especializadas; la Secretaría General; la Unidad de Técnica Legislativa; y, las demás que establezca el Pleno.

Adicionalmente, contará con la Administración General y la Dirección de Comunicación y Participación Ciudadana.

Comisiones Especializadas
En la Asamblea funcionarán 12 Comisiones Especializadas, en las siguientes materias: Justicia y Estructura del Estado; Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social; Régimen Económico y Tributario y de Regulación y Control; Desarrollo Económico, Producción y la Microempresa; Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral; Biodiversidad y Recursos Naturales; Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero; Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización Territorial; Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología; Derecho a la Salud; de Participación Ciudadana y Control Social; y, Derechos Colectivos y la Interculturalidad.

Integración
Según lo establecido en el Art. 23 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en la sesión siguiente a la de instalación de la Asamblea Nacional, el Pleno aprobará la integración de las comisiones especializadas permanentes. Las y los asambleístas integrarán tales comisiones por un período de dos años y podrán ser reelegidos. Todas las y los asambleístas pertenecerán a una comisión especializada permanente, a excepción de la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional. Sin embargo, las y los asambleístas podrán participar con voz pero sin voto en todas las comisiones, previa comunicación a la Presidenta o Presidente de la comisión especializada.

A los dos días hábiles siguientes a su integración, las comisiones se instalarán bajo la coordinación provisional del primer asambleísta designado para esa comisión, y procederán a la elección, por separado, de una Presidenta o Presidente y una Vicepresidenta o Vicepresidente.

Comisión de Fiscalización
En el Art. 22 se determina que habrá una Comisión de Fiscalización y Control Político, que será permanente y estará integrada por el mismo número de asambleístas que las otras comisiones especializadas permanentes, designados por el Pleno de la Asamblea Nacional. Las y los asambleístas que integren la Comisión de Fiscalización y Control Político deberán integrar otras comisiones especializadas permanentes. Las y los asambleístas que integran el Consejo de Administración Legislativa, no podrán formar parte de la Comisión de Fiscalización y Control Político.

Killka katipay

Constitución de la República traducida al kichwa
Miércoles, 03 de junio del 2009 - 10:29 Elaborado por: Sala de prensa

Comisión Legislativa y de FiscalizaciónPor iniciativa de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, presidida por Fernando Cordero Cueva, con la colaboración de la Dirección Nacional de Educación intercultural Bilingüe (DINEIB), con base en lo dispuesto en el Art. 2 de la Constitución, en el sentido “que el castellano, el kichwa y shuar, son idiomas oficiales de relación intercultural”, la Carta Magna fue traducida al kichwa, uno de los idiomas ancestrales de las nacionalidades del Ecuador.

Killka katipay

Jurado oficializó fallo del concurso de investigación sobre Fiscalización y Control Político
Miércoles, 03 de junio del 2009 - 10:27 Elaborado por: Sala de prensa

Boletín 1285

Juan Paz y Miño y Lorena Araujo informaron pormenores del concurso, cuyo premio se adjudicó a Julio Teodoro Verdugo Silva

La obra “El juicio político como mecanismo de fiscalización y control político en la Función Legislativa: 1978-2008”, del autor Julio Teodoro Verdugo Silva, se adjudicó el premio del primer concurso de investigación y ensayo, en el área de “Fiscalización y Control Político”. Así lo conformaron hoy Juan Paz y Miño y Lorena Araujo, miembros del jurado calificador, en rueda de prensa.

Killka katipay

Páginas

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador