Proyecto que plantea en el "Artículo 548.- Incentivos financieros para el fortalecimiento del talento humano.- El Estado ecuatoriano creará programas y proyectos enfocados al financiamiento de la capacitación y formación del talento humano y de la movilidad académica de investigadores. Para este fin contará, entre otros, de los siguientes mecanismos:
a) Becas;
b) Crédito educativo; y,
c) Ayudas económicas; "; y,
En su "DÉCIMA SEXTA.- El Consejo de Educación Superior establecerá los mecanismos que garanticen la continuidad de estudios de las personas que hayan iniciado carreras en los Conservatorios que pasaran a formar parte de la Universidad de las Artes antes de la vigencia de este Código, igualmente establecerá un plan de transición de la oferta técnica tecnológica a la de tercer nivel"
Asambleísta por la provincia de Manabí | Integrante de la Comisión De Educación, Cultura y Ciencia y Tecnología | Alianza PAIS - Unidad Primero Visita mi Perfil