El informe presidencial se presenta conforme el artículo 147 numeral 7 de la Constitución, que establece entre las atribuciones y deberes del Primer Mandatario presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos gubernamentales.
Informe para Segundo Debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico de la Función Judicial
La modificación del artículo 115 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que contempla los causales para la Destitución de los Asambleístas, busca incluir en el mismo una propuesta de reforma que es inconstitucional, un chantaje y un error jurídico. Es institucionalizar los asambleístas alza manos.