En la sesión 99 del Pleno, en el marco del primer debate del proyecto de Ley de Desarrollo Fronterizo, varios legisladores pidieron que se incluya la obligación de que los gobiernos autónomos descentralizados incorporen, en sus presupuestos anuales, los recursos necesarios para la atención preferente de los cantones ubicados en los 40 Km de la línea de frontera.
El Pleno de la Asamblea inició el primer debate del proyecto de Ley de Desarrollo Fronterizo, que tiene por objetivo afianzar una cultura de paz y propender al desarrollo socioeconómico en los cantones fronterizos del Ecuador, mediante la aplicación de políticas integrales, precautelando la soberanía, la biodiversidad natural, interculturalidad y buena vecindad, garantizando el ejercicio de los derechos de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos de estos territorios.
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Asambleístas de distintas tendencias políticas coincidieron en la necesidad de establecer medidas efectivas y oportunas a favor del ambiente, precautelar las áreas protegidas, los derechos de los pueblos y nacionalidades asentadas en zonas sensibles, a través de una eficaz gestión administrativa que reconozca a las autoridades competentes la capacidad para sancionar de manera oportuna las acciones que provoquen daños ambientales, como consecuencia de actividades productivas.
Los asambleístas, en la sesión 99 del Pleno, debaten en primera la reforma a la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, de iniciativa del Ejecutivo, que tiene como propósito establecer medidas administrativas cuando las personas de derecho privado, naturales o jurídicas, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, por tanto, la autoridad competente adoptará las medidas administrativas correspondientes.
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Con la finalidad de realizar ajustes para potenciar de mejor manera las acciones concretas de la administración pública en el ámbito de la contratación pública, el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional el proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Por unanimidad de los asistentes (7), la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia, en el que se determinan medidas para asegurar el pago de la pensión alimenticia por parte de los padres u otras personas que tengan la responsabilidad financiera por el niño.
Un salón dentro del Complejo del Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, en el que cómodamente pueden asistir más de 100 personas, se constituyó, desde hoy, en la oficina de coordinación legislativa con la ciudadanía de esta joven provincia.
La Comisión de Biodiversidad, presidida por la asambleísta Rosana Alvarado, iniciará el análisis de las reformas a la Ley de Minería, de iniciativa del asambleísta Cléver Jiménez, la próxima semana, misma que tiene por objetivo garantizar el ejercicio de potestad soberana del Estado para administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos de los recursos minerales, geológicos, cualquiera sea su origen y estado físico, bajo los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención, eficacia, aprovechamiento sustentable e sus recursos naturales y regeneración de los ciclos vitales de la naturaleza. Se exceptúa de esta ley los recursos petroleros e hidrocarburíferos.
Los ecuatorianos residentes en el exterior que por distintas circunstancias no acudan a votar en las elecciones convocadas por el Consejo Nacional Electoral del Ecuador estarán exentos de pagar multas para obtener el certificado de votación, una vez que se aprobó en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley Electoral y de Organizaciones Políticas-Código de la Democracia y a la Ley de Participación Ciudadana, informó la asambleísta Dora Aguirre, representante de los migrantes.
Con 69 votos afirmativos, cuatro negativos, dos blancos y 31 abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia) y a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, que regula la revocatoria del mandato de las autoridades de elección popular.
Escuche aquí la intervención del Asambleísta Virgilio Hernández