Ley Aprobada

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Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (T1952)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

El objeto es garantizar el derecho humano al agua así como regular y controlar la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración de los recursos hídricos, uso y aprovechamiento del agua, la gestión integral y su recuperación, en sus distintas fases, formas y estados físicos, a fin de garantizar el sumak kawsay o buen vivir y los derechos de la naturaleza establecidos en la Constitución Es el resultado de una consulta prelegislativa, inédita en nuestro país. Se recibieron las propuestas de 1627 organizaciones titulares de derechos colectivos que participaron en las tres etapas.

Beneficios

Prohíbe toda forma de privatización del agua, no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial, con gobierno, entidad multilateral o empresa privada nacional o extranjera.

No se reconocerá ninguna forma de apropiación o de posesión individual o colectiva sobre el agua, cualquiera sea su estado.

Los sistemas comunitarios, juntas de agua potable y de riego, los consumidores y usuarios son responsables de la protección, recuperación y conservación de las fuentes de agua y del manejo de páramos así como la participación en el uso y administración de las fuentes de agua que se hallen en tierras, sin perjuicio de las competencias generales de la autoridad única del agua, de acuerdo con lo previsto en la Constitución y la ley.

Establece una zona de protección hídrica.

Crea el Sistema Nacional Estratégico del Agua que constituye el conjunto de procesos, entidades e instrumentos que permitan la interacción de los diferentes actores, sociales

La Autoridad Única del Agua es la entidad que dirige el sistema nacional, estratégico de este recurso, por lo que coordinará con la autoridad ambiental nacional y la autoridad sanitaria nacional la formulación de las políticas sobre calidad de agua y control de contaminación de las aguas, entre otros aspectos

Se establecen las tarifas por aprovechamiento productivo de generación de energía, por autorización de vertidos, para el aprovechamiento productivo para la economía popular y solidaria; asimismo un procedimiento sancionatorio de infracciones administrativas.

Se garantiza la aplicación de las formas tradicionales de gestión y manejo de ciclo hidrológico, practicadas por comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatoriano y montubios.

Proyectos de ley calificados (Haga clic)

Iniciativa: Asambleístas   Jorge   Escala y Cléver Jiménez
Fecha de presentación: 20-08-2009
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 28-08-2009
Iniciativa: Presidente de la República Fecha de presentación: 26-08-2009
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 28-08-2009

Informe para primer debate (Haga clic)

Informe para primer debate Fecha de presentación: 30-10-2009
Debate en el Pleno: Sesión 14

Informe para segundo debate (Haga clic)

Informe para segundo debate Fecha de presentación: 30-05-2014
Debate en el Pleno: Sesión 40, los días:

Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)

Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)

Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley Fecha de notificación de la objeción: 14-07-2014

Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)

Proyecto de ley luego de la objeción Fecha de tramitación de la objeción: 31-07-2014
Debate en el Pleno: Sesión 287

Registro Oficial (Haga clic)

Audio

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Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad (T101584)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

El objeto de la Ley es establecer el marco institucional y normativo de los Consejos Nacionales para la Igualdad, regular sus fines, naturaleza, principios, integración y funciones, de conformidad con la Constitución. 

Beneficios

- Establece el marco institucional y normativo y regula la integración, designación, funciones, fines y funcionamiento de los Consejos Nacionales para la Igualdad.

- Formula, observa y da seguimiento a las políticas públicas relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales y de discapacidad y movilidad humana.

- Garantiza la igualdad y no discriminación de las personas, pueblos, nacionalidades y colectivos, a fin de fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado Plurinacional e Intercultural.

- Crea cinco Consejos Nacionales para la Igualdad: Género, Intergeneracional, Pueblos y Nacionalidades, Discapacidades y Movilidad Humana.

- Estos Consejos podrán participar en la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas a favor de personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, dentro del ámbito de sus competencias, relacionadas con las temáticas de género, étnicas, generacionales, interculturales, de discapacidad y movilidad humana, fomentando una cultura de paz que desarrolle capacidades humanas orientadas hacia la garantía del derecho de igualdad y no discriminación.

- Fomenta medidas de acción afirmativa para fortalecer la igualdad entre las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos así como la erradicación de actos, usos, prácticas, costumbres y estereotipos considerados discriminatorios.

- Determina en el Gobierno Central la rectoría en la definición y emisión de las políticas nacionales de hábitat, vivienda, asentamientos humanos y el desarrollo urbano.

Proyectos de ley calificados (Haga clic)

Iniciativa: Asambleísta Paola PabónFecha de presentación: 24-04-2012
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 24-06-2013
Iniciativa: Presidente de la República Fecha de presentación: 30-05-2012
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 24-06-2013
Iniciativa: Asambleístas Marisol Peñafiel, Mariangel Muñoz, Rosana Alvarado, María Paula Romo, Nívea Vélez, Mary Verduga, Marllely Vásconez, Ma. Soledad Vela, Mao Moreno, Betty Amores, Blanca Ortiz, María Molina, Diana Atamaint, Silvia Salgado y Paco Moncayo.
 
Fecha de presentación: 14-06-2012
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 24-06-2013

Informe para primer debate (Haga clic)

Informe para primer debate Fecha de presentación: 09-08-2013
Debate en el Pleno: Sesión 248, los días:

Informe para segundo debate (Haga clic)

Informe para segundo debate Fecha de presentación: 29-04-2014
Debate en el Pleno: Sesión 277, el día:

Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)

Proyecto de ley aprobado por el Pleno Fecha de la votación: 06-05-2014

Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)

Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley Fecha de notificación de la objeción: 04-06-2014

Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)

Proyecto de ley luego de la objeción Fecha de tramitación de la objeción: 01-07-2014
Sesión 283

Registro Oficial (Haga clic)

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Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Pública y del Estado (T52948)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

El objeto de la Ley es que las Fuerzas Armadas, sin descuidar su misión fundamental de defensa externa, puedan intervenir en operaciones destinadas a salvaguardar la seguridad interna del país. 

Beneficios

- Procurar que tanto la Policía Nacional como las Fuerzas Armadas lleven a cabo acciones complementarias, para precautelar de forma eficiente el orden público y la seguridad ciudadana.

- Potencializar los esfuerzos para mejorar los niveles de seguridad ciudadana.

- Redoblar esfuerzos para garantizar el derecho de los ecuatorianos a vivir libres de violencia y alcanzar así, los ideales del Buen Vivir.

- Confiere la potestad de asignar diferentes misiones a las Fuerzas Armadas, con la única restricción de que no alteren, impidan o reemplacen sus funciones fundamentales.

- Establece que la protección interna abarca, por ejemplo, desastres naturales y sus consecuencias, ataques terroristas, secuestros, minería ilegal, desastres ecológicos o destrucción del medio ambiente.

- Contempla que la Ministra o Ministro del Interior, conjuntamente con la Ministra o Ministro de Defensa, coordinen el nivel de intervención y establezcan los mecanismos adecuados para optimizar los esfuerzos de las operaciones conjuntas.

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Ley Orgánica para el Fortalecimiento y Optimización del Sector Societario y Bursátil (T133645)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

La Ley reforma varios cuerpos normativos entre ellos la Ley del Mercado de Valores en cuanto a los principios rectores, define al mercado de valores bursátil, extrabursátil y privado, crea institucionalidad, establece el objeto y la naturaleza de las bolsas de valores como sociedades anónimas que brindan servicios para negociación de valores, constitución de funcionamiento y otros temas afines. Reforma también el Código de Comercio en cuanto a la información que reposa en el Registro Mercantil. La Ley de Compañías es reformada en el sentido de que el objeto empresarial de una compañía debe comprender una sola actividad empresarial y procedimientos de constitución de compañías. 

Beneficios

- Desarrolla integralmente el Mercado de Valores, permitiendo canalizar directamente el ahorro al sector productivo, sin recurrir a la intermediación bancaria, permitiendo la inclusión de nuevos emisores, pues se facilitan así las condiciones de acceso para impulsar la participación de las pequeñas y medianas empresas.
- Reduce los costos de acceso al mercado pues se establece un control de tarifas para todos los intervinientes en los procesos de emisión y negociación.
- Protege a la persona que realiza inversión en el mercado de valores, incorporando como uno de los principios rectores de la norma que regula el sector el de In dubio pro inversionista, cuya importancia radica en que en caso de duda sobre el alcance o aplicación de la norma se aplicará la que más favorezca al inversor.

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Ley Orgánica para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999 (T165247)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Tiene por objeto facilitar la realización de activos de la banca cerrada, viabilizar el cobro de la cartera adecuada bajo criterios de justicia financiera y establecer un mecanismo de pago a los acreedores perjudicados por la banca cerrada. 

Beneficios

- Optimización de los recursos del Estado destinados por casi quince años a solventar el manejo irresponsable por parte de sus accionistas y administradores, de activos y cartera de las instituciones financieras extintas.

- Otorgamiento de facultades a los depositarios de la banca cerrada, perjudicados por la endémica crisis para recuperar sus acreencias en condiciones financieras justas, poniendo fin a un capítulo nefasto en la historia económica del Ecuador.

- Oferta de beneficios a los deudores de buena fe, que durante la crisis de finales de la década de los 90 estaban imposibilitados de pagarlas por los intereses desproporcionados.

- Facilitación para la realización de activos de la banca cerrada.

- Viabilización del cobro de la cartera adecuada bajo criterios de justicia financiera y establecimiento de un mecanismo de pago a los acreedores perjudicados por la banca cerrada.

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Código Orgánico Integral Penal (T82584)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

El objetivo del Código es unificar la legislación penal sustantiva, adjetiva y de ejecución, en materia penal.

Beneficios

- Reestructura la parte dogmática sustantiva penal, lo que constituye una actualización doctrinaria. El procedimiento para el juzgamiento de las personas se dará con estricta observancia del debido proceso.

- Promueve la rehabilitación social de las personas sentenciadas y la reparación integral de las víctimas.

- Establece más de veinte nuevas conductas delictivas como el femicidio, pánico financiero, sicariato, homicidio culposo por mala práctica profesional, tortura, tráfico de migrantes, trata de personas, la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), retención ilegal de aportes a la seguridad social y enriquecimiento privado no justificado, entre otras.

- Procura, en beneficio de los profesionales, que el proceso de acreditación de peritos especialistas en cada una de las ramas de la salud y los criterios de responsabilidad penal en materia de mala práctica profesional, sean objetivos.

Sobre el tema de la violencia contra la mujer o los miembros del núcleo familiar, en los lugares donde no existan juzgados especializados, la o el juzgador de la familia, mujer, niñez y adolescencia o el de contravenciones, procesará el caso. Este es un avance importante, puesto que antes se trasladaba su conocimiento a jueces en materia penal y hoy se lo remite al juez de la familia.

Proyectos de ley calificados (Haga clic)

Proyecto de Código Orgánico Integral Penal. Iniciativa: Presidente de la República
Fecha de presentación: 13-10-2011
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 18-10-2011

Proyectos integrados como insumo en informes de 1er. y 2do. debate:

- Proyecto de Ley Reformatoria del Código Penal (Iniciativa: As. Mercedes Villacrés).

- Proyecto de Ley de Responsabilidad Penal para los Adolescentes Infractores (As. Paco Fierro).

- Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Penal, Código de la Niñez y Adolescencia, Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social y al Código Orgánico de la Función Judicial (Fiscal General del Estado).

- Proyecto de Ley Reformatoria en Materia Penal (As. Cinthya Viteri).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social (As. Andrés Páez).

- Proyecto de Ley Derogatoria del Numeral 12 del Artículo 606 del Código Penal (Defensor del Pueblo).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal (As. Fernando Romo).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Fernando Romo).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal que Tipifica los Delitos de Clonación de Tarjetas, Vaciamiento de Cuentas por Internet o Transferencias Electrónicas Indebidas (As. Jorge Salomón Fadul).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social (As. Washington Cruz).

- Proyecto de Ley Derogatoria de los Artículos 230 y 231 del Código Penal (As. Paco Fierro).

- Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, Ley Interpretativa del Artículo 169 del Código de Procedimiento Penal, Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y al Código Orgánico de la Función Judicial (As. Gina Godoy).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Andrés Páez).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Andrés Páez).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Richard Guillén).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal para la Tipificación y Sanción de la no Afiliación al IESS (As. Nivea Vélez).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal para la Tipificación de los Delitos de Mala Práctica y Falta de Atención Médica (As. Marco Murillo).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal y a la Ley de Seguridad Social (As. Carlos Samaniego).

- Proyecto de Ley Reformatoria que Tipifica Delito de Violencia del Estado contra Particulares ( As. Luis Almeida).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal y al Código Penal (As. María Paula Romo).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal, Referente al Maltrato y Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes (As. Marisol Peñafiel y As. María Soledad Vela).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal y al Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social (As. Edwin Vaca).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Artículo 552 del Código Penal Ecuatoriano (As. Vicente Taiano).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Linder Altafuya).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Andrés Páez).

- Proyecto de Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (As. Fernando Vélez).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Penal (As. Andrés Páez).

- Proyecto de Ley de Transparencia del Patrimonio Privado (As. Silvia Salgado).

- Proyecto de Ley Reformatoria al Código Civil, Procedimiento Civil y Código Penal (As. Andrés Páez).

 

   

Informe para primer debate (Haga clic)

Informe para primer debate Fecha de presentación: 14-06-2012
Debate en el Pleno: Sesión 174, los días:

Informe para segundo debate (Haga clic)

Informe para segundo debate Fecha de presentación: 04-10-2013
Debate en el Pleno: Sesión 257, los días:
09-10-2013: Intervenciones /
17-11-2013: No registra

Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)

Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)

Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley Fecha de notificación de la objeción: 16-01-2014

Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)

Proyecto de ley luego de la objeción Fecha de tramitación de la objeción: 28-01-2014
Sesión 267

Registro Oficial (Haga clic)

Audio

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Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (T88427)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

El objetivo de la reforma consiste en que los GAD municipales y metropolitanos puedan acordar convenios de cooperación con otros GAD y con los ministerios encargados del ramo para ejecutar programas de vivienda de interés social. 

Beneficios

- Establece que el ejercicio de las competencias de ordenamiento territorial de los GAD debe ajustarse a la Estrategia Territorial Nacional, lo que permite una coordinación adecuada entre los diferentes niveles de gobierno.
- Instaura un procedimiento especial de expropiación para la regularización de asentamientos humanos de interés social en suelo urbano y de expansión urbana. Para dicho efecto, los órganos legislativos de los GAD municipales y metropolitanos podrán declarar los predios de utilidad pública e interés social, con el fin de dotarlos de servicios básicos, definir la situación jurídica de los posesionarios y adjudicarles los lotes correspondientes.
- Prevé que el justo precio que se debe pagar al titular de los inmuebles que se expropian en los procesos de regularización de asentamientos de interés social, se financie mediante el cobro de los recursos correspondientes a los adjudicatarios de los terrenos.
- Toma en cuenta la condición económica y real capacidad de pago de los posesionarios de los lotes para el cálculo del justo precio del inmueble que se va a expropiar.
- Prohíbe la regularización de asentamientos humanos en zonas de riesgo o donde se ponga en peligro la integridad o la vida de las personas, bajo pena de remoción contra la autoridad de los GAD que incumpla esta norma.
Proporciona un marco apropiado para el ejercicio de la actividad fiscalizadora de los órganos legislativos de los GAD en lo referente al procedimiento de remoción de las autoridades de elección popular dentro del debido proceso.
- Define un procedimiento de calificación de las denuncias formuladas contra las autoridades de los GAD.
- Crea un procedimiento especial de partición administrativa para regularizar y legalizar asentamientos humanos consolidados de interés social que se encuentren proindiviso. La potestad de realizar la partición administrativa corresponde al alcalde del GAD municipal o metropolitano, mediante la respectiva resolución administrativa de participación y adjudicación, que constituirá el título de dominio sobre los predios y áreas verdes, públicas y comunales a favor de los interesados y los GAD, según corresponda.

Proyectos de ley calificados (Haga clic)

Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Iniciativa: Asambleísta Mary Verduga Fecha de presentación: 08-12-2011
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 22-12-2011

Proyecto de Ley Reformatoria a los Arts. 50 y 52 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Iniciativa: Asambleísta Paco Fierro
Fecha de presentación: 24-04-2012
Fecha de calificación: 03-05-2012

Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD

Iniciativa: Asambleísta Lourdes Tibán
Fecha de presentación: 26-04-2012
Fecha de calificación: 31-05-2012

Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Iniciativa: Asambleísta Marco Murillo Fecha de presentación: 09-05-2012
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 31-05-2012

Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

Iniciativa: Asambleísta Luis Morales
Fecha de presentación: 29-11-2012
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 26-12-2012

Informe para primer debate (Haga clic)

Informe para primer debate Fecha de presentación: 04-12-2012
Debate en el Pleno: Sesión 209, los días:

Informe para segundo debate (Haga clic)

Informe para segundo debate Fecha de presentación:  30-04-2013
Debate en el Pleno: Sesión 230, los días:

Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)

Proyecto de ley aprobado por el Pleno Fecha de aprobación: 19-11-2013

Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)

Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley Fecha de notificación de la objeción: 17-12-2013

Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)

Proyecto de ley luego de la objeción Fecha de tramitación de la objeción: 06-01-2014
Sesión 264

Registro Oficial (Haga clic)

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Ley de Creación de la Universidad Nacional de Educación, UNAE (T148457)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Yachay, especializada en investigación científica; Ikiam, la universidad de la Amazonía en el país de la biodiversidad; UNAE, la universidad para los nuevos educadores, y UARTES, la universidad esperada en el ámbito del arte y la cultura, fueron creadas con el objeto de formar profesionales con pleno dominio de su campo, pensamiento crítico y conciencia social transformadora hacia el Buen Vivir. Estas universidades operan con el más alto nivel académico y de acuerdo con estándares internacionales.

La creación de estas universidades supone un nuevo paradigma en torno a la transformación de las pautas en la educación ecuatoriana. La colocación del conocimiento en el centro de los procesos sociales implica también que la transformación de los mecanismos de acumulación de capital deben dar lugar a un nuevo modelo de crecimiento y de reparto de la renta y de la riqueza, que permita al Ecuador extraer todos los beneficios de este nuevo paradigma productivo articulado en torno al conocimiento democráticamente compartido.

A través de procesos de formación humanista, se están formando ya profesionales con capacidad de liderazgo a nivel nacional y regional y de contribuir significativamente a que la economía del Ecuador se sustente en la generación de conocimiento. Las universidades creadas buscan contribuir a la generación de ciencia e investigación y al cambio de la Matriz Productiva del país, con el fin de hacer realidad la sociedad del conocimiento.

Beneficios

Los grandes beneficiarios de la creación de estas universidades serán las nuevas generaciones de jóvenes del país, de todos los estratos sociales y de todos los rincones de la patria, quienes podrán estudiar gratuitamente en universidades de excelencia. Cada Universidad contará con residencias estudiantiles a fin de recibir alumnos de todo el Ecuador. Además se prevé la creación de extensiones universitarias para diversificar la oferta educativa.

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Ley de Creación de la Universidad de las Artes (T148455)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Yachay, especializada en investigación científica; Ikiam, la universidad de la Amazonía en el país de la biodiversidad; UNAE, la universidad para los nuevos educadores, y UARTES, la universidad esperada en el ámbito del arte y la cultura, fueron creadas con el objeto de formar profesionales con pleno dominio de su campo, pensamiento crítico y conciencia social transformadora hacia el Buen Vivir. Estas universidades operan con el más alto nivel académico y de acuerdo con estándares internacionales.

La creación de estas universidades supone un nuevo paradigma en torno a la transformación de las pautas en la educación ecuatoriana. La colocación del conocimiento en el centro de los procesos sociales implica también que la transformación de los mecanismos de acumulación de capital deben dar lugar a un nuevo modelo de crecimiento y de reparto de la renta y de la riqueza, que permita al Ecuador extraer todos los beneficios de este nuevo paradigma productivo articulado en torno al conocimiento democráticamente compartido.

A través de procesos de formación humanista, se están formando ya profesionales con capacidad de liderazgo a nivel nacional y regional y de contribuir significativamente a que la economía del Ecuador se sustente en la generación de conocimiento. Las universidades creadas buscan contribuir a la generación de ciencia e investigación y al cambio de la Matriz Productiva del país, con el fin de hacer realidad la sociedad del conocimiento.

Beneficios

Los grandes beneficiarios de la creación de estas universidades serán las nuevas generaciones de jóvenes del país, de todos los estratos sociales y de todos los rincones de la patria, quienes podrán estudiar gratuitamente en universidades de excelencia. Cada Universidad contará con residencias estudiantiles a fin de recibir alumnos de todo el Ecuador. Además se prevé la creación de extensiones universitarias para diversificar la oferta educativa.

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Ley de Creación de la Universidad de Investigación de Tecnología Experimental Yachay (T148458)

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Yachay, especializada en investigación científica; Ikiam, la universidad de la Amazonía en el país de la biodiversidad; UNAE, la universidad para los nuevos educadores, y UARTES, la universidad esperada en el ámbito del arte y la cultura, fueron creadas con el objeto de formar profesionales con pleno dominio de su campo, pensamiento crítico y conciencia social transformadora hacia el Buen Vivir. Estas universidades operan con el más alto nivel académico y de acuerdo con estándares internacionales.

La creación de estas universidades supone un nuevo paradigma en torno a la transformación de las pautas en la educación ecuatoriana. La colocación del conocimiento en el centro de los procesos sociales implica también que la transformación de los mecanismos de acumulación de capital deben dar lugar a un nuevo modelo de crecimiento y de reparto de la renta y de la riqueza, que permita al Ecuador extraer todos los beneficios de este nuevo paradigma productivo articulado en torno al conocimiento democráticamente compartido.

A través de procesos de formación humanista, se están formando ya profesionales con capacidad de liderazgo a nivel nacional y regional y de contribuir significativamente a que la economía del Ecuador se sustente en la generación de conocimiento. Las universidades creadas buscan contribuir a la generación de ciencia e investigación y al cambio de la Matriz Productiva del país, con el fin de hacer realidad la sociedad del conocimiento.

Beneficios

Los grandes beneficiarios de la creación de estas universidades serán las nuevas generaciones de jóvenes del país, de todos los estratos sociales y de todos los rincones de la patria, quienes podrán estudiar gratuitamente en universidades de excelencia. Cada Universidad contará con residencias estudiantiles a fin de recibir alumnos de todo el Ecuador. Además se prevé la creación de extensiones universitarias para diversificar la oferta educativa.

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