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Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (T195798)

R.O. 483, Tercer Suplemento, del 20-04-2015
Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social

Objetivo y Beneficios

Objetivo

Esta Ley realiza reformas al Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social, Ley Orgánica del Servicio Público, Mandato Constituyente N° 2 y a la Ley Orgánica de las Empresas Públicas Norma. Se reconoce por primera vez en el país el trabajo no remunerado en el hogar mediante el acceso a una pensión jubilar digna. Además, se garantiza la estabilidad laboral mediante el contrato de plazo indefinido y la declaratoria del despido de mujeres embarazadas y de dirigentes sindicales como ineficaz o nulo. 

Beneficios

- Elimina el contrato a plazo fijo y establece el contrato de plazo indefinido como contrato tipo, a fin de garantizar la estabilidad laboral.

- Elimina el contrato a prueba como modalidad de contratación y dispone la inclusión del período de prueba en todo contrato indefinido de trabajo que se celebre por primera vez.

- Se elimina el desahucio para los empleadores y se mantiene únicamente para los trabajadores.

- En toda forma de terminación laboral superior a un año, el empleador deberá cancelar al trabajador la bonificación por desahucio que consiste en el pago del 25% del último sueldo, por cada año de servicio.

- Establece que los décimos tercero y cuarto serán recibidos mensualmente, tanto para el sector público como privado, de manera discrecional.

- Se determinará como nulo el despido de las mujeres embarazadas y de los dirigentes sindicales con lo que se garantiza la estabilidad laboral.

- En el contrato colectivo se amplía el beneficio a los trabajadores sean o no sindicalizados.

- Se reconoce el trabajo no remunerado en el hogar como el de las amas de casa. 

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